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ESCÁNDALO

Golpe a Personal Pay: Multaron a la billetera virtual por transferencias no autorizadas

Las billeteras virtuales como Personal Pay, se convirtieron en una herramienta cada vez más utilizada para pagos, transferencias y administración de dinero.

En medio del crecimiento explosivo de los pagos digitales en Argentina, un fallo judicial volvió a poner el foco en la seguridad de las plataformas financieras. La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa confirmó una sanción contra Personal Pay tras una denuncia de un usuario que sufrió transferencias no autorizadas desde su cuenta.

La resolución ratificó una multa aplicada previamente por la Dirección Provincial de Defensa del Consumidor y dejó un mensaje claro para las empresas del sector. Cuando un usuario pierde dinero por operaciones sospechosas, las plataformas deben dar explicaciones claras y demostrar que cuentan con sistemas de seguridad adecuados.

El caso tuvo como protagonista a la billetera virtual mencionada, operada por la empresa Micro Sistemas S.A.U., y se originó a partir de dos transferencias que el usuario aseguró no haber realizado ni autorizado.

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A pesar de la competencia, Mercado Pago se mantiene fuerte. Personal Pay, no puede decir lo mismo.

A pesar de la competencia, Mercado Pago se mantiene fuerte. Personal Pay, no puede decir lo mismo.

¿Por qué la billetera virtual recibió una multa por transferencias no autorizadas?

El conflicto comenzó cuando el usuario revisó su cuenta en la billetera virtual y descubrió que el saldo había desaparecido. Al analizar los movimientos, detectó dos transferencias realizadas desde su cuenta, una fue por 300.000 pesos y otra por 263.000 pesos.

Ambos montos habían sido enviados a una cuenta bancaria a nombre de una persona que el denunciante aseguró no conocer.

Ante esta situación, el usuario realizó dos acciones simultáneas, presentó una denuncia penal por estafa y también inició un reclamo formal ante la Dirección Provincial de Defensa del Consumidor.

En su presentación, pidió la devolución inmediata del dinero y el desbloqueo de su cuenta dentro de la plataforma.

Tras analizar el caso, el organismo provincial concluyó que la empresa no garantizó un servicio seguro ni brindó respuestas adecuadas frente a la situación denunciada. Por ese motivo, determinó que la compañía incumplió distintos artículos de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

Entre las faltas señaladas se incluyeron el incumplimiento del deber de información, la falta de protección al consumidor, la prestación de servicios potencialmente riesgosos sin garantías suficientes, el trato indigno y fallas en la modalidad de prestación del servicio.

¿Qué dijo la billetera virtual para evitar la multa?

Frente a la sanción administrativa, la empresa decidió apelar ante la Justicia. En su presentación sostuvo que su sistema no había sufrido ningún tipo de vulnerabilidad técnica y que la plataforma funcionaba correctamente. Además, argumentó que el usuario había sido informado sobre las medidas de seguridad disponibles para proteger su cuenta.

También planteó que, al existir una denuncia penal por estafa, la Dirección de Defensa del Consumidor no debería haber intervenido en el caso.

Sin embargo, la jueza Anahí Brarda, que resolvió el expediente en forma unipersonal, rechazó estos argumentos.

Según explicó en la sentencia, el hecho de que exista una investigación penal no impide que la autoridad administrativa actúe cuando se detectan posibles incumplimientos de la Ley de Defensa del Consumidor.

En otras palabras, ambos procesos pueden avanzar en paralelo porque se trata de responsabilidades diferentes.

¿Por qué la Justicia confirmó la multa a la billetera virtual?

En su análisis del caso, la magistrada sostuvo que existía una clara relación de consumo financiero entre la empresa y el usuario.

Esto implica que la compañía tenía la obligación de garantizar un servicio seguro y de brindar información adecuada cuando ocurrió el problema.

Uno de los puntos clave del fallo fue que la empresa estaba en mejores condiciones que el consumidor para aportar pruebas sobre el funcionamiento del sistema y las medidas de seguridad implementadas para prevenir este tipo de fraudes.

Sin embargo, según la jueza, la firma no presentó documentación ni evidencia concreta que demostrara la existencia y el correcto funcionamiento de esos mecanismos.

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En cambio, se limitó a negar que hubiera fallas técnicas y a reiterar argumentos ya expuestos durante el proceso administrativo.

Esta falta de pruebas jugó en contra de la empresa.

La sentencia señaló que, según lo establecido por el artículo 53 de la Ley de Defensa del Consumidor, cuando el proveedor no aporta información relevante que está bajo su control, se genera una presunción favorable al consumidor.

Multa a Personal Pay: El problema de las “respuestas evasivas”

Otro punto fuerte del fallo fue el análisis del trato que recibió el usuario durante su reclamo.

La jueza consideró que el consumidor enfrentó un escenario de falta de información y respuestas poco claras por parte de la empresa.

Según el expediente, el usuario no recibió explicaciones técnicas detalladas sobre lo ocurrido ni una justificación clara sobre por qué su reclamo fue rechazado inicialmente.

Además, la magistrada señaló que la empresa tampoco demostró haber advertido al usuario sobre las transferencias sospechosas ni haber activado alertas preventivas que pudieran evitar el fraude.

De acuerdo con el fallo, el cliente solo tomó conocimiento de lo sucedido cuando ingresó por su cuenta a revisar los movimientos.

Para la Justicia, esta situación dejó al consumidor en un estado de desinformación y lo obligó a iniciar trámites administrativos para recuperar su dinero y desbloquear su cuenta.

Ese escenario, concluyó la sentencia, constituye un caso de trato indigno hacia el consumidor.

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