En otro duro golpe de la Justicia al Gobierno de Javier Milei, la Sala V rechazó un amparo del Ejecutivo comandado por Javier Milei que busca privatizar la empresa Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT) y celebró la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE).
ATE DESCORCHA
"Inconstitucional": La Justicia le dio otro "golpe" a Javier Milei por la privatización de YCRT
La Justicia confirmó la inconstitucionalidad de la privatización de YCRT que dispuso Javier Milei, y ATE lo celebra: "este Gobierno se hunde cada vez más".
La Justicia entendió que la decisión del Ejecutivo nacional violaba derechos establecidas por la carga magna y normas convencionales como la estabilidad en el empleo público, la negociación colectiva y el principio de progresividad.
Principalmente, los magistrados plantearon la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9 del Decreto 115/2025 en favor de los trabajadores al garantizar al garantizar el Convenio Colectivo de Trabajo vigente que brinda estabilidad laboral en el sector.
El secretario general de ATE Nacional, Rodolfo Aguiar, consideró que "siempre fueron justos nuestros reclamos por YCRT" y señaló que "este nuevo intento de Milei que por decreto pretendió derogar el Convenio Colectivo de la empresa estatal fracasó".
Aguiar fue más allá y dijo:
El fallo de la Justicia
La confirmación del fallo judicial, emitida el viernes pasado por la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, resolvió confirmar una sentencia de primera instancia que había declarado la inconstitucionalidad de los artículos 8 y 9 del Decreto 115/2025 a través de los cuales el Gobierno pretendía transformar la empresa de Sociedad del Estado a Sociedad Anónima, paso previo para la privatización de la misma.
El planteo del Gobierno ordenaba el traspaso de personal de la empresa minera estatal a una sociedad anónima y fijaba un plazo de 180 días para negociar un nuevo convenio colectivo, desconociendo la vigencia por ultraactividad del CCT 3/75 y de las actas paritarias complementarias.
El tribunal entendió que estas disposiciones violaban derechos constitucionales y convencionales como la estabilidad en el empleo público, la negociación colectiva, el principio de progresividad (artículo 14 bis de la Constitución Nacional, convenios OIT 87, 98, 151, 154 y art. 26 CADH).
También, sostuvo que condicionar la negociación colectiva a la pérdida de la ultraactividad implica un retroceso en derechos laborales y fomenta la precarización.
Continúa con la producción a gran escala
Actualmente son 2200 trabajadores activos y más de 1500 los jubilados que dependen directamente de YCRT. Además, entre la mina de carbón, la mega usina carboeléctrica y el puerto de Punta Loyola le dan vida a la economía de tres ciudades de la provincia de Santa Cruz: 28 de Noviembre, Río Turbio y Julia Dufour, lo que representa un sector clave para el desarrollo productivo del país.
En agosto ATE informó la falta de inversión en el yacimiento desde la asunción de Javier Milei y subrayó que la empresa estatal continúa produciendo toneladas de carbón cotidianamente, listas para la venta, gracias al personal experimentado y comprometido que se desempeña en el sector.
Finalmente, los cuestionamientos del Poder Ejecutivo Nacional acerca de la competencia, inexistencia de "caso", validez del decreto por delegación legislativa, entre otros, fueron rechazados por insuficientes. El tribunal recordó que incluso en contextos de emergencia las normas deben respetar la Constitución y los tratados internacionales.
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