Por el Decreto 681/2025 publicado este lunes (22/9) en el Boletín Oficial, Javier Milei promulgó la Emergencia en Discapacidad sancionada por dos tercios del Congreso pero suspendió su aplicación hasta que se "determinen las fuentes de su financiamiento ”. Desafío abierto de Milei al Congreso y en especial a las familias con personas con discapacidad.
POR DECRETO
Milei sigue su viaje hacia la derrota electoral del 26/10: Emergencia en Discapacidad suspendida
Javier Milei decretó la suspensión de la vigencia de la Emergencia en Discapacidad aprobada con 2/3 del Congreso al no asignarle fondos.
Sin fondos para Discapacidad
El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad pero, al mismo tiempo, comunicó que su aplicación queda suspendida hasta que el Congreso incluya créditos presupuestarios y fuentes específicas para cubrir sus erogaciones. Así lo establece el Decreto 681/2025, que invoca el art. 5° de la Ley 24.629 (toda ley con gasto queda suspendida hasta la inclusión de partidas) y el art. 38 de la Ley 24.156 (obligación de precisar financiamiento).
Se trata de un viejo argumento del Gobierno para rechazar las leyes que no le gustan del Congreso: argumentar que el parlamento no indica las fuentes de financiamiento para las normas que sanciona. Hasta ahora usaba esa excusa para los vetos, pero al ser rechazado el veto en este caso, apeló a la promulgación de la norma sin darle recursos, con lo cual en la práctica no hay emergencia en discapacidad.
En su argumentación, el Gobierno recordó que el Presupuesto 2026 fue remitido al Parlamento el 15 de septiembre y que ese es el ámbito para definir recursos y partidas que permitan la ejecución de la norma. La ley había sido vetada en agosto (Decreto 534/25), pero el Congreso insistió con dos tercios en Diputados (20/8) y Senado (4/9), tras lo cual el 8/9 fue enviada al Ejecutivo para su promulgación.
En línea con esto, el Gobierno también publicó este lunes en el Boletón Oficial la Decisión Administrativa 24/2025, que ajusta parcialmente el presupuesto 2025: se incrementaron los fondos de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y se reasignaron partidas de la Jurisdicción 91 – Obligaciones a Cargo del Tesoro, para atender gastos urgentes de actualización de prestadores, sin habilitar la ejecución completa de la ley.
Qué dispone la ley que Milei impide que se aplique
La norma sancionada por el Congreso declara la emergencia en Discapacidad hasta el 31/12/2026 (prorrogable 1 año). Crea la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social: 70% del haber mínimo, actualización previsional, compatibilidad con empleo hasta 2 SMVM, suspensión automática por superación del tope y rehabilitación inmediata; conversión de oficio de PNC vigentes.
Además, la ley garantiza cobertura de salud a través del Programa Incluir Salud y las prestaciones de la Ley 24.901 y declara de interés público los servicios de prestadores 24.901 y fija una compensación de emergencia por la brecha aranceles vs IPC (12/2023–12/2024); establece aranceles únicos con movilidad mensual por Decreto 274/24 (o el que lo reemplace) y un estudio anual de costos.
Por último, amplía a 3 años la exención del 50% de contribuciones patronales para empleadores que contraten trabajadores con discapacidad (art. 87 Ley 24.013) fortalece a ANDIS (CUD, auditorías con debido proceso inclusivo) y exige informes anuales de ejecución y pagos.
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