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ENTRÓ EN VIGENCIA

Milei promulgó la Reforma Laboral y empezó la batalla judicial con los sindicatos

El Gobierno promulgó la Reforma Laboral y ya está vigente. Empezó la batalla en la Justicia: la CGT presentó un amparo que quedó a cargo del juez Lavié Pico.

Este viernes (6/3) el presidente Javier Milei promulgó la Reforma Laboral sancionada por el Congreso de la Nación el 27/2, mediante el Decreto 137/2026. De esta forma, la norma entra en vigencia este mismo viernes, aunque deberá afrontar los planteos judiciales presentados por los sindicatos.

Reforma Laboral: los cambios

El Gobierno promulgó la que denominó como Ley de Modernización Laboral con sus 25 capítulos, sin cambios con respecto a lo sancionado por el Poder Legislativo y aclara que la normativa no será aplicable a los dependientes de la Administración Pública; al personal de casas particulares; a los trabajadores agrarios; a los prestadores independientes de plataformas tecnológicas y a contratistas regulados por el Código Civil y Comercial.

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La CGT marchó a Tribunales para pedir la inconstitucionalidad de la reforma laboral.

La CGT marchó a Tribunales para pedir la inconstitucionalidad de la reforma laboral.

La ley modifica, entre otros aspectos, el concepto de trabajo como "toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración", y limita la presunción de relación de dependencia cuando se emitan facturas o se acrediten pagos bancarios.

El nuevo artículo 245 establece que la indemnización por despido sin causa equivale a un mes de sueldo por año de antigüedad, calculada sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año. Define como "habitual" a los conceptos devengados al menos seis meses en el último año calendario.

La norma incorpora además que la indemnización por despido "constituye la única reparación procedente frente a la extinción sin justa causa", impidiendo acciones civiles o extracontractuales paralelas, salvo en casos de ilícitos penales.

También se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), patrimonios separados que los empleadores deberán constituir para hacer frente a obligaciones indemnizatorias. Las contribuciones mensuales obligatorias serán del 1% para grandes empresas y del 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), calculadas sobre las remuneraciones base del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

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Más cambios

Los fondos serán administrados por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV), y entrarán en vigencia el 1° de junio de 2026, con posibilidad de prórroga de seis meses por parte del Poder Ejecutivo Nacional.

La Ley 27.802 incorpora un régimen específico para prestadores de servicios de movilidad de personas y reparto a través de plataformas digitales, estableciendo que son trabajadores independientes y no en relación de dependencia.

Las plataformas deberán proveerles un seguro de accidentes personales, acceso a capacitaciones y mecanismos digitales de atención a reclamos. Los prestadores tendrán libertad de horario, de conexión y de rechazo de pedidos.

La norma eleva el piso de servicios mínimos obligatorios en huelgas que afecten servicios esenciales al 75% de la prestación normal, y al 50% en actividades de importancia trascendental.

Se amplía la lista de servicios esenciales.

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Javier Milei se tomó una semana para promulgar la Reforma Laboral.

Javier Milei se tomó una semana para promulgar la Reforma Laboral.

Se modifica la Ley N° 14.250 para establecer que los convenios vencidos solo mantienen vigentes sus cláusulas normativas hasta que se suscriba uno nuevo. Las cláusulas obligacionales solo se prorrogan por acuerdo de partes.

Se limitan también los aportes a organizaciones sindicales y patronales establecidos en convenios.

Se derogan los estatutos especiales de viajantes de comercio (Ley 14.546), periodistas (Ley 12.908) y trabajadores del vidrio, entre otros, que pasarán a regirse por el régimen general.

Por último, se aprueba el acuerdo de transferencia de la Justicia Nacional del Trabajo al fuero laboral de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Batalla judicial

El lunes 2/3, la Confederación General del Trabajo (CGT) presentó un pedido de amparo y un planteo de inconstitucionalidad contra la Reforma Laboral para que la Justicia frene su aplicación.

La central obrera argumentó que la reforma viola el principio de progresividad de los derechos laborales consagrado en la Constitución Nacional y que, una vez conquistados esos derechos, no pueden recortarse ni eliminarse, solo mejorarse.

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La CGT cree que puede frenar artículos de la Reforma Laboral como lo hizo con la Ley Ómnibus.

La CGT cree que puede frenar artículos de la Reforma Laboral como lo hizo con la Ley Ómnibus.

También cuestionan, entre otros, el artículo 133 que restringe las asambleas en ámbitos y horarios laborales; el artículo 134, que califica los bloqueos a empresas como “infracciones muy graves”; y los artículos 141, 142 y 143, que tipifican la convocatoria de asambleas como “prácticas desleales” y habilitan acciones judiciales en su contra.

La CGT espera tener un resultado en la Justicia similar al que consiguió con la Ley Bases. El secretario gremial de la CGT y secretario general de la Unión Obrebra Metalúrgica (UOM) en San Martín, Osvaldo Lobato, en declaraciones ayer a Urbana BA expresó que desde los gremios tienen “muchas expectativas en el amparo de la CGT contra la reforma laboral” y agregó: “El camino legal, tarde o temprano, nos va a dar la razón a nosotros como sucedió la ley ómnibus”.

“En la CGT tenemos mucha confianza para que muchos artículos de la reforma laboral finalmente se caigan en la Justicia. Es una de las herramientas que tenemos los trabajadores”, opinó Mario Lavia, secretario general de la Federación de Petroleros (FASiPEGyBio) a Mundo Gremial y precisó que la reforma que “roza con mucha virulencia artículos que tienen que ver con la Constitución Nacional y tratados internacionales de la OIT”.

Este viernes al mediodía el amparo de la CGT recayó en el juez Enrique Lavié Pico, del Fuero Contencioso Administrativo Federal Nro 7. Se trata del mismo magistrado que en enero de 2024 habilitó la feria judicial para tratar los recursos presentados contra el DNU 70/2023 de desregulación del Estado y rechazó planteos de varios sectores que intentaron desactivar aspectos de la normativa. Pero fue en contra de los deseos del Gobierno de Milei cuando derivó al fuero laboral los artículos objetados por la CGT, donde la central obrera logró la suspensión de algunas medidas denunciadas.

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