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Dudas sobre la validez del DNU de Inteligencia con 4 firmas de Santilli (y dos de Monteoliva)

Más allá de las alarmas que despertó en la oposición el DNU que modifica la ley de Inteligencia, hay dudas por los 4 (de los 9) ministros que no firmaron.

Dice la ley que un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) debe llevar la firma del Presidente, el Jefe de Gabinete y todos los ministros para ser válido, además de fundarse en el artículo 99, inciso 3º de la Constitución Nacional y cumplir con requisitos de excepción (necesidad y urgencia) y materias no prohibidas (penal, tributaria, electoral, partidos políticos).

Y si bien no requiere aprobación previa del Congreso, debe ser enviado y analizado por una Comisión Bicameral para su eventual rechazo, ya que rige hasta que ambas Cámaras lo rechacen expresamente, no por defecto.

Dice textual la Constitución Nacional, que los DNU "serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán refrendarlos, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros" (CN, Art. 99, inc. 3). Sin embargo, el de Inteligencia fue firmado por cuatro de los nueve ministros del Gobierno de Javier Milei.

En el DNU 941/2025 que modifica la Ley de Inteligencia Nacional intervinieron solamente el Jefe de Gabinete, Diego Santilli, y 5 de los 9 ministros.

Diego Santilli P

Es que a esta altura del año, la mayoría de los funcionarios del gabinete se encuentran ausentes por lo que fueron reemplazados en la firma por Santilli, que terminó firmando cuatro veces, y Monteoliva, que firmó dos veces la norma.

Dicen que los ministros, al estar de licencia, pueden ser reemplazados legalmente por sus colegas de gabinete. Pero, ¿es realmente así? Y siendo que no hubo al menos, urgencia alguna, y que desde lo formal sería válido en la medida en que exista un acto administrativo que haya puesto a ambos funcionarios, con carácter provisorio, al frente de los ministerios que pretenden representar, ello tampoco consta en el DNU en cuestión.

Solo argumenta que las modificaciones salen por decreto, sin pasar por el Congreso, porque "esperar la cadencia habitual del trámite legislativo irrogaría un importante retraso que dificultaría actuar en tiempo oportuno y obstaría el cumplimiento efectivo de los objetivos de la medida".

"La Comisión Bicameral tiene competencia para expedirse sobre la validez o invalidez de los DNU y elevar directamente al plenario de las Cámaras para su expreso tratamiento", sostiene el Gobierno.

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Un DNU que modifica la ley de inteligencia y que el Gobierno de Javier Milei podría haber incluido en el temario de sesiones extraordinarias. Pero por algún motivo decidió no hacerlo...

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