ACTUALIDAD Abogados > Reforma Laboral > Cámara de Diputados

PLUSPETICIÓN INEXCUSABLE

Abogados también contra la reforma laboral porque podrían obligarlos a pagar costas

El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal se sumó a las críticas a la reforma laboral y advierten por afectación patrimonial de los abogados.

Horas antes del tratamiento en el recinto de la Cámara de Diputados de la reforma laboral, el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPAPF) envió una carta al Congreso donde rechazó el proyecto por limitar derechos de los abogados laboralistas y afectar su patrimonio.

Abogados laboralistas y la Reforma Laboral

En una carta enviada al jefe del bloque La Libertad Avanza (LLA) en la Cámara de Diputados, Gabriel Bornoroni y al presidente de ese cuerpo, Martín Menem, la CPAPF que preside el dirigente radical Ricardo Gil Lavedra advirtió que la reforma laboral contiene modificaciones al ejercicio de los abogados laboralistas que podrían afectar el desempeño de su profesión y vulnerar principios constitucionales, además de afectar su patrimonio entre pagos en cuotas y hasta de costas.

Según el Colegio, de aprobarse la norma no sólo impactan en el ejercicio independiente de la abogacía, sino también en la plena vigencia de los derechos y garantías constitucionales y en la preservación del Estado de Derecho”.

18022612_2026-02-13-HCDN-Gabriel-Bornoroni

Los letrados apuntan a los artículos 20 y 277 de la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, que consideran “que afectan de manera directa al ejercicio profesional de la abogacía”.

Ocurre que el artículo 20 establece que el abogado laboralista podría tener que cubrir las costas del juicio con su propio patrimonio si el juez considera que el reclamo del trabajador constituyó una “pluspetición inexcusable”.

Para el Colegio, “la ambigüedad de cuándo estaríamos frente a una pluspetición inexcusable implica introducir un riesgo patrimonial directo para el y la profesional actuante”.

Indemnizaciones y pago en cuotas

La crítica del Colegio al artículo 277, consiste en que “establece −diferencialmente− la posibilidad de pago en cuotas de las sentencias condenatorias recaídas en juicios laborales, incluyéndose en la previsión legal a créditos de los trabajadores y honorarios de sus abogados y abogadas, todos ellos de naturaleza alimentaria y honorarios profesionales, lo que colocaría a trabajadores/as y abogados/as en una situación más gravosa que la de otros acreedores judiciales”.

image
Ricardo Gil Lavedra, presidente del colegio de abogados de la CABA.

Ricardo Gil Lavedra, presidente del colegio de abogados de la CABA.

Según los profesionales, la medida contradice los principios del Derecho del Trabajo, porque “se establece una categoría de acreedores en situación desventajosa respecto de aquellos que obtienen sentencias favorables en otros procesos”.

Por último, el CPACF sostuvo que de aprobarse ese cambio “se traduce en una directa limitación al derecho de percepción de honorarios por parte de abogados y abogadas, desalentando el ejercicio profesional en la materia”.

--------------

Más noticias en Urgente24:

La Justicia ordenó el "inmediato desalojo" de trabajadores de planta de Fate en San Fernando

Aerolíneas Argentinas canceló 255 vuelos por el paro de la CGT

Jueves 19/02, paro general: Climas sociales que la política prefiere leer tarde

Realidad 2026: "La Argentina mejora pero mi economía personal se derrumba"