La Comisión Nacional de Valores (CNV) informó al público inversor que intimó al cese inmediato de determinadas actividades vinculadas con el activo virtual ARGt, una stablecoin que se presentaba como una versión digital del peso argentino con paridad 1 a 1 respecto del ARS. La intervención del organismo no respondió solamente a la existencia del token, sino al modo en que ese instrumento era promocionado ante potenciales inversores dentro del mercado local.
LA STABLECOIN NACIONAL
La CNV pone un freno absoluto al peso digital (ARGt)
La CNV informó al público inversor que intimó al cese inmediato de determinadas actividades vinculadas con el activo virtual ARGt, una stablecoin atada al peso.
Según explicó el regulador, la actuación se originó a partir del relevamiento de comunicaciones públicas en las que se difundían rendimientos asociados a ARGt, incluyendo referencias a tasas de hasta 32% de TNA.
A partir de ese elemento, el análisis dejó de girar alrededor de un activo virtual vinculado al peso y pasó a enfocarse en un producto que, además de mantener una paridad, incorporaba una expectativa explícita de ganancia.
Por qué la CNV considera que podría tratarse de un valor negociable
La CNV sostuvo que, cuando un activo virtual reúne las características de un contrato de inversión, puede ser considerado un valor negociable en los términos de la legislación argentina. En el caso de ARGt, el punto decisivo fue que el esquema de funcionamiento informado incorporaba una promesa o expectativa de rendimiento vinculada a la simple tenencia del activo, una condición que para el organismo cambia por completo su encuadre jurídico.
En ese sentido, la autoridad de control recordó que existe contrato de inversión cuando hay una colocación de dinero en un emprendimiento común con la expectativa de obtener beneficios derivados principalmente del esfuerzo de terceros. Ese criterio, conocido en la práctica internacional como Howey Test, fue utilizado por la CNV para sostener que la forma digital del instrumento no altera su sustancia económica cuando lo que se ofrece al público es, en esencia, una inversión con renta esperada.
De esa manera, el regulador dejó planteado que la discusión no pasa por si el activo corre sobre blockchain, si está tokenizado o si se presenta bajo la etiqueta de stablecoin, sino por la naturaleza concreta del producto ofrecido y por la forma en que se busca captar ahorro del público.
El rendimiento de hasta 32% fue el punto que activó la intervención
La referencia a una TNA de hasta 32% fue uno de los datos más sensibles del caso, en un contexto en el que los ahorristas comparan permanentemente alternativas de liquidez en pesos, desde billeteras remuneradas y fondos money market hasta estrategias cripto con retorno prometido.
Sobre esa base, la CNV concluyó que el activo podría encuadrar dentro de la definición de valor negociable prevista en el artículo 2 de la Ley 26.831 de Mercado de Capitales, lo que implica que su oferta pública no puede realizarse sin la autorización correspondiente. El razonamiento del organismo apunta a evitar que productos con apariencia tecnológica o innovadora queden por fuera de los controles exigidos a cualquier instrumento financiero que se comercializa masivamente entre inversores.
Qué ordenó concretamente la CNV
La medida dispuso el cese inmediato del listado, ofrecimiento o intermediación del activo virtual ARGt, al tiempo que también ordenó frenar toda actividad de emisión, promoción u ofrecimiento de instrumentos que puedan constituir valores negociables sin autorización previa de la CNV. La resolución fue adoptada en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 26.831, la Ley 27.739 y las normas vigentes del propio organismo.
La justificación oficial se apoyó en dos objetivos centrales:
- Preservar la transparencia del mercado de capitales
- Reforzar la protección del inversor, especialmente frente a instrumentos que podrían estar siendo ofrecidos de manera irregular bajo un formato novedoso, pero con implicancias económicas similares a las de otros productos financieros tradicionalmente regulados.
El impacto del caso ARGt
La decisión de la CNV excede ampliamente a un activo puntual, porque introduce una advertencia directa para exchanges, billeteras, emisores y plataformas que operan en la Argentina con productos digitales que combinan paridad estable con promesa de rendimiento. A partir de este antecedente, cualquier instrumento similar que se comercialice como una opción de renta podría quedar expuesto a un análisis mucho más estricto desde la óptica del mercado de capitales.
En el mundo financiero, la oferta de una tasa visible y simple de entender suele ser una herramienta comercial muy efectiva para captar usuarios minoristas, aunque en este caso quedó demostrado que ese mismo atributo puede convertirse en el factor que dispara el encuadre regulatorio más exigente.
Un precedente con peso
La medida contra ARGt deja abierto un precedente relevante para el sistema financiero local, porque muestra que la frontera entre un activo virtual y un instrumento regulado puede volverse extremadamente delgada cuando entra en juego una renta esperada. En este caso, la combinación entre paridad 1 a 1 con el peso y una promesa de hasta 32% de TNA fue suficiente para que la CNV avanzara con una intimación inmediata y colocara el caso dentro del perímetro de la oferta pública irregular.
Para el mercado cripto argentino, el mensaje es incómodo pero concreto: la innovación no elimina las obligaciones regulatorias cuando el producto ofrecido empieza a funcionar, en la práctica, como una inversión.
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