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BCRA endurece el cepo y crea mayor tensión en la brecha

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) volvió a endurecer el cepo al dólar y reimplantó la “restricción cruzada”.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) volvió a endurecer el cepo y reimplantó la “restricción cruzada”. Desde hoy (26/9), quienes compren dólares en el mercado oficial no podrán operar en el MEP ni en el contado con liquidación (CCL) durante 90 días, y viceversa. La medida alcanza tanto a individuos como a empresas y busca frenar el regreso de los “rulos” que habían reaparecido en medio de la creciente volatilidad.

La decisión se formalizó con la Comunicación “A” 8336, publicada este viernes por la autoridad monetaria que conduce Santiago Bausili. El texto modifica el punto 3.8.5 de las normas de Exterior y Cambios, obligando a los bancos a requerir a cada cliente una declaración jurada en la que se comprometa a no realizar, directa ni indirectamente, operaciones cambiarias cruzadas por los próximos 90 días corridos.

Hasta junio, los no residentes habían quedado exceptuados de esta traba, lo que permitía cierto arbitraje. Incluso más atrás, el propio Central había habilitado a las personas físicas a realizarlo. Con el nuevo ajuste, esa ventana queda cerrada: nadie podrá moverse de un mercado a otro para aprovechar diferencias de precio.

El economista, Gabriel Caamaño lo resume a la perfección: "Esto se pone cada vez más feo"

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Qué significa la restricción

En la práctica, el mecanismo congela la posibilidad de hacer el clásico “rulo” cambiario. Un ahorrista que adquiera dólar oficial no podrá, durante tres meses, volcar esas divisas a los mercados financieros, ni de manera directa ni por medio de terceros. Lo mismo aplica en sentido inverso: quienes se posicionen en dólar MEP o contado con liquidación no tendrán acceso al tipo de cambio oficial en ese mismo período.

La norma ya regía para empresas, pero ahora vuelve a involucrar también a individuos residentes y no residentes, argentinos y extranjeros. La norma ya regía para empresas, pero ahora vuelve a involucrar también a individuos residentes y no residentes, argentinos y extranjeros.

El Central aclaró que las entidades financieras deberán contar con declaraciones juradas de los clientes que certifiquen su compromiso de no violar esta restricción.

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El contexto de la decisión

El regreso de la “restricción cruzada” se da en medio de la volatilidad que volvió a separar al dólar oficial de las cotizaciones financieras, generando la incipiente brecha cambiaria. Esa brecha fue terreno fértil para operaciones especulativas que amplificaron la presión sobre los distintos segmentos del mercado cambiario.

En las últimas semanas, el BCRA llegó a desprenderse de más de US$ 1.100 millones en solo tres ruedas, en un intento por contener la escalada del tipo de cambio oficial. La medida coincidió con el posterior anuncio de respaldo financiero del Tesoro de Estados Unidos a la administración de Javier Milei, que ayudó a calmar las aguas momentáneamente.

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El cepo

La llamada “restricción cruzada” no es nueva. Estuvo vigente en distintos episodios de cepo desde 2019 y se convirtió en una de las herramientas preferidas del Central para evitar que el desdoblamiento cambiario genere un drenaje de reservas.

El mecanismo es simple: si un ahorrista compra dólares en el oficial, queda inhabilitado por 90 días para operar MEP o CCL. Lo mismo en la dirección contraria. El objetivo es cortar el circuito que permite aprovechar las diferencias de cotización sin costo para el inversor, pero con impacto en las reservas.

En palabras de fuentes del BCRA: “Las personas pueden comprar dólares para atesorar, lo que no pueden es volcar esas divisas al dólar financiero. La medida busca evitar distorsiones”.

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