La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a mover el tablero con modificaciones que impactan de lleno en la rutina fiscal de miles de contribuyentes. Con la entrada en vigencia de nuevas reglas para el IVA y para la autorización de emisión de facturas, el organismo apunta a un esquema más ordenado, aunque también más exigente para quienes realizan trámites a diario.
Los cambios vienen acompañados de la eliminación definitiva de las facturas M, un tipo de comprobante que durante años funcionó como opción para contribuyentes con inconsistencias, pero que generaba trabas en las operaciones. Con este paquete de medidas, ARCA busca simplificar, centralizar y, sobre todo, reforzar la trazabilidad del circuito impositivo.
¿Qué implica para el contribuyente el cambio de ARCA en facturas e IVA Simple?
Uno de los ajustes más relevantes es la obligación del IVA Simple, que dejará de ser optativo a partir de diciembre según lo dispuesto en el Decreto 353/25. Este sistema forma parte del Portal IVA, donde ARCA concentra toda la información referente a facturas electrónicas emitidas tanto por contribuyentes como por proveedores.
Hasta ahora convivían cuatro formularios distintos para presentar el impuesto. Con la reforma, todos serán unificados para que los responsables inscriptos realicen la determinación del tributo mediante un procedimiento único, digital y totalmente asistido. Para muchos, es una mejora, pero para otros, un nuevo paso obligatorio en un portal que empieza a convertirse en la columna vertebral del sistema.
Desde ahora, toda la gestión deberá hacerse dentro del Portal IVA, donde los usuarios deberán completar dos módulos, el de Registración Electrónica de Operaciones y Determinación del impuesto y del saldo resultante. Si bien la medida promete agilizar procesos, también suma exigencias y obliga a los contribuyentes a familiarizarse con un entorno digital cada vez más centralizado.
¿Por qué ARCA eliminó las facturas M y qué cambia para quienes emiten facturas?
La Resolución General 5762/2025, publicada en el Boletín Oficial, marcó el fin de las facturas M. Este tipo de comprobante funcionaba como un recurso temporal para quienes tenían inconsistencias fiscales que les impedían acceder a la clásica factura A. Sin embargo, en la práctica, quien recibía la factura debía retener el 100% del IVA y un 6% de Ganancias, lo que ralentizaba cualquier operación comercial.
Con la eliminación de las facturas M, ARCA propone un sistema más equilibrado. Si el contribuyente no logra demostrar solvencia patrimonial suficiente, pero cumple con el resto de las condiciones, podrá seguir facturando tipo A, aunque con una novedad, la leyenda “pago en CBU informada”.
Este nuevo formato elimina las retenciones y reemplaza el viejo esquema restrictivo. La idea es simplificar la operatoria diaria y, al mismo tiempo, asegurar que los pagos se realicen a través de cuentas bancarias previamente informadas.
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