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REFORMA LABORAL

Abogados Laboralistas dicen que Javier Milei busca "volver al siglo XIX"

Desde la Asociación de Abogados Laboralistas evalúan la reforma que busca el gobierno como un intento de Javier Milei de "volver al siglo XIX".

Matías Cremonte, presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas de América Latina, afirmó que la reforma con la que busca avanzar el gobierno de Javier Milei es perjudicial para los trabajadores, porque entre otras cosas genera "una flexibilización total de la jornada laboral", además de ser un intento de "volver al siglo XIX".

El abogado cuestionó con dureza el nuevo intento del Gobierno, y advirtió que "no busca modernizar sino debilitar los derechos de los trabajadores y sus organizaciones".

"Ya lo intentaron con el DNU 70/23, que la Justicia declaró inconstitucional, y luego lo incluyeron en la Ley Bases. Ahora quieren insistir con los mismos puntos que quedaron afuera", explicó Cremonte en declaraciones radiales.

El abogado sostuvo que uno de los ejes centrales del nuevo proyecto es el "banco de horas", que permitiría una "flexibilización total de la jornada laboral". Además, apuntó contra la intención del Ejecutivo de impulsar "negociaciones colectivas por empresa", en lugar de las paritarias por rama o actividad. "Eso es darle en el punto de flotación a nuestro modelo sindical, que establece un piso de derechos que puede ser mejorado, pero nunca perforado", subrayó.

Según Cremonte, el Gobierno busca "una situación de máxima debilidad sindical" y un "falso abstencionismo del Estado". En ese sentido, señaló:

No intervenir en las relaciones laborales no significa neutralidad, significa favorecer al poderoso. La idea de que el trabajador está en igualdad de condiciones con el empresario es una falacia No intervenir en las relaciones laborales no significa neutralidad, significa favorecer al poderoso. La idea de que el trabajador está en igualdad de condiciones con el empresario es una falacia

Generar empleo

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También cuestionó el argumento oficial de que las reformas flexibilizadoras generan empleo, y ejemplificó:

La legislación laboral no tiene efectos en el nivel de empleo, eso depende de la política económica. En los '90, con leyes totalmente flexibilizadas, llegamos al 25% de desempleo. Con una normativa supuestamente rígida, bajó al 4% La legislación laboral no tiene efectos en el nivel de empleo, eso depende de la política económica. En los '90, con leyes totalmente flexibilizadas, llegamos al 25% de desempleo. Con una normativa supuestamente rígida, bajó al 4%

Además, recordó que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) estudió los impactos de este tipo de reformas en distintos países y concluyó que "en ningún caso una reforma regresiva provocó un crecimiento del empleo". Y remarcó:

Que utilicen la palabra 'modernización' es un chiste: esto no es avanzar hacia el futuro, es volver al siglo XIX, cuando no existía legislación laboral Que utilicen la palabra 'modernización' es un chiste: esto no es avanzar hacia el futuro, es volver al siglo XIX, cuando no existía legislación laboral

El abogado también advirtió que "van contra los sindicatos, la justicia laboral y los abogados laboralistas. Es un intento por debilitar cualquier herramienta colectiva que defienda a los trabajadores".

Tope de 10 sueldos a las indemnizaciones por despidos

Además de no generar empleo, buscaría simplificar los despidos... Vale recordar que en las últimas horas circuló una noticia que afirma que uno de los ejes del borrador de la iniciativa que impulsa la Casa Rosada, es el tope a las indemnizaciones, con el fin de abaratar el costo de los despidos.

Según el borrador de la iniciativa que se analizó en las reuniones de la comisión técnica laboral del consejo y al que tuvo acceso el matutino 'Clarín', el proyecto reedita los puntos centrales del decreto 70/23 en el apartado vinculado al mundo del trabajo, promoviendo modificaciones profundas en el esquema de negociación colectiva y los respectivos convenios, en el vigente sistema de indemnizaciones, plantea la discusión de aumentos salariales por productividad y medidas destinadas a reducir la litigiosidad laboral.

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Además de no generar empleo, con esta reforma se buscaría simplificar los despidos.

Además de no generar empleo, con esta reforma se buscaría simplificar los despidos.

En ese contexto es que uno de los puntos centrales es el régimen indemnizatorio con mofidificaciones que van desde un tope al monto de los resarcimientos, el pago en cuotas de los mismos y hasta la exclusión del cálculo de indemnización de los aguinaldos, adicionales y todo beneficio que no se abone mensualmente a los trabajadores.

Respecto a la limitación del monto de indemnizaciones, la propuesta contempla que ante un despido sin causa el empleador abone hasta un máximo de 10 salarios al trabajador cesanteado, sin considerar la antigüedad en el puesto de trabajo Respecto a la limitación del monto de indemnizaciones, la propuesta contempla que ante un despido sin causa el empleador abone hasta un máximo de 10 salarios al trabajador cesanteado, sin considerar la antigüedad en el puesto de trabajo

En la actualidad el régimen fijado en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744) establece que la indemnización se computará a razón de un sueldo por año de trabajo, sin establecer ningún tope ni la forma en que se abona el resarcimiento.

En el texto del borrador de la reforma al que accedió el mencionado medio se reformula en forma integral el artículo y se establece que: "la indemnización en ningún caso podrá ser inferior a un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor de tres meses, ni superior a diez meses de sueldo igualmente determinado (es decir considerando como base de cálculo la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año de trabajo o período de prestación de servicios si fuera menor)".

De esta manera, el nuevo tope indemnizatorio no tendrá en cuenta los casos de los trabajadores que superen en antigüedad los 10 años en su puesto fijados como tope para el resarcimiento.

Además, la propuesta del Ejecutivo define que "la base de cálculo de esta indemnización no incluirá el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo), ni conceptos de pago semestral o anual", lo que excluye beneficios como bonos anuales, adicionales específicos, tickets canasta o vales alimentarios, pese a que fueron reconocidos en varios fallos como parte del resarcimiento.

Justamente el borrador de la iniciativa libertaria promueve el retorno de los denominados ticket canasta, en contra de lo resuelto por la Corte Suprema y la legislación vigente, además de establecer que no tendrán carácter remunerativo ni efectuarán aportes a la seguridad social.

Además, en materia indemnizatoria, el Gobierno impulsa la alternativa para las pymes del pago en hasta 12 cuotas de las indemnizaciones y juicios laborales.

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