El Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo, encabezado por el Capitán Mariano Moreno, pronosticó un escenario de “alta conflictividad gremial” y manifestó su “rechazo absoluto” al borrador de la reforma laboral que comenzó a circular en las últimas horas.
CENTRO DE PATRONES Y OFICIALES FLUVIALES
Reforma laboral: Rechazo de marítimos, que anticipan "alta conflictividad"
Desde el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales rechazan la reforma laboral de Milei, tras el borrador que está circulando, y advierten por quita de derechos.
El secretario general de la entidad cuestionó duramente la metodología del Gobierno de Javier Milei, al remarcar que "es la tercera vez que vienen por lo mismo: los derechos de los trabajadores".
Sin mencionar a la Confederación General del Trabajo (CGT), el dirigente advirtió que “el coqueteo con las centrales no garantiza la representatividad de todos ni la amplitud necesaria, y mucho menos avala este esquema para tener a los trabajadores precarizados”, de acuerdo a lo publicado por el portal Data Gremial.
Según el documento de 109 páginas que trascendió, la reforma laboral buscaría reducir la carga sobre los sectores de capitales siguiendo la línea del DNU 70/23. Ante el inminente ingreso del texto al Congreso, Moreno señaló la falta de equidad en la redacción de la norma: “A las empresas sí les preguntaron qué necesitaban y lo escribieron”. “Con suerte, los trabajadores podremos elegir qué derecho perder para sostener otro”, ironizó el dirigente.
Asimismo, el dirigente marítimo reconoció que es necesario actualizar normas, pero exigió que prime el consenso. De no ser así, anticipó un año complejo: “La discusión traerá aparejado el rechazo de los sectores que se han movilizado. Nosotros estamos organizados en un Frente de Lucha por la Soberanía, el Trabajo Digno y los Salarios Justos que integra a cientos de organizaciones”.
Finalmente, Moreno, quien ha sido una voz crítica contra la desregulación de la Marina Mercante, concluyó con una advertencia directa de cara al debate legislativo: “Siempre buscamos el diálogo, pero no hay dudas de que estaremos en la calle al momento de la discusión, de la votación y cada vez que quieran ir contra los trabajadores”.
El Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo es una Asociación Profesional de Primer Grado, adherida a la Federación Marítima Portuaria y de la Industria Naval de la República Argentina (FeMPINRA), la Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT), Confederación General del Trabajo (CGT) y en el ámbito internacional a la Federación Internacional de Trabajadores del Transporte (ITF). Representa a todos los trabajadores que desarrollan su actividad laboral como Capitán, Primer Oficial o Segundo Oficial en los ámbitos Fluviales, Pesqueros o de Cabotaje Marítimo o bien como Patrón Motorista de Zona Especial en las embarcaciones que navegan, ríos, mares y lagos.
Reforma laboral: Qué dice el borrador que circula
El gobierno de Javier Milei terminó de pulir un nuevo borrador de reforma laboral que ya circula entre legisladores, cámaras empresarias y organizaciones sindicales. El documento —que el oficialismo busca convertir en ley durante las sesiones extraordinarias de enero— reescribe pilares centrales de la Ley de Contrato de Trabajo y redefine derechos, obligaciones y modalidades de contratación.
Se trata de un archivo PDF de 109 páginas que habría sido elaborado en el Ministerio de Desregulación, a cargo de Federico Sturzenegger, y que llegaría al Congreso en las próximas horas para ser analizado por las nuevas composiciones de ambas cámaras.
Los puntos principales y qué opinan los gremios:
1- Despidos: Fondo de cese como alternativa a la indemnización
El Gobierno impulsa un mecanismo optativo para reemplazar la indemnización por despido sin causa por fondos o seguros sectoriales administrados por convenio. Se financiarían con aportes mensuales patronales, en una fórmula similar al sistema de la construcción. La base de cálculo excluye sumas extraordinarias y habilita el fraccionamiento de pagos. Para las centrales, esto “abarata los despidos y desincentiva la estabilidad”.
El esquema mantiene un mes de salario por año de antigüedad, calculado sobre la mejor remuneración normal y habitual del último año.
En materia de despidos, la iniciativa distingue entre desvinculaciones con causa y sin causa. Para el despido sin causa, rige lo mencionado sobre indemnizaciones, mientras que en el despido por justa causa la reforma especifica taxativamente las causales válidas y el procedimiento a seguir. El empleador deberá notificar electrónicamente la decisión, fundando el motivo cuando invoque causa justa, y el trabajador tendrá derecho a defensa administrativa y judicial.
2- Vacaciones
El texto presentado reafirma el derecho de todo trabajador a un período anual de vacaciones pagas, en línea con la Ley de Contrato de Trabajo. La novedad radica en la posibilidad de que empleador y trabajador acuerden, de forma individual o colectiva, la extensión del período vacacional, siempre respetando los pisos mínimos legales.
El borrador habilita una mayor flexibilidad para extender, acumular o fraccionar los períodos mediante acuerdos individuales o colectivos. Las licencias deberán otorgarse entre el 1º de octubre y el 30 de abril, con una notificación patronal de 45 días de anticipación. Para las centrales obreras, se abre la puerta a “presiones y discrecionalidad empresarial”.
3- Jornada laboral: banco de horas y reorganización productiva
“Las convenciones colectivas de trabajo, respetando los mínimos indisponibles de 12 horas de descanso entre jornada y jornada, así como los límites legales conforme la naturaleza de cada actividad, podrán establecer regímenes que se adecuen a los cambios en las modalidades de producción, las condiciones propias de cada actividad, contemplando especialmente el beneficio e interés de los trabajadores. A tal efecto, se podrá disponer colectivamente del régimen de horas extras, banco de horas, francos compensatorios, entre otros institutos relativos a la jornada laboral”.
Se establece que “la reducción de la jornada máxima legal solamente procederá cuando lo establezcan las disposiciones nacionales reglamentarias de la materia, estipulación particular de los contratos individuales o Convenios Colectivos de Trabajo”.
Los convenios podrán crear sistemas de organización por promedio, con bancos de horas, distribución de extras y francos compensatorios. El texto exige 12 horas de descanso entre jornadas y un mínimo de 35 horas semanales, pero permite fuertes variaciones internas. Las reducciones de jornada solo podrán establecerse por ley nacional, lo que deja sin efecto intentos sectoriales. Los sindicatos advierten que el modelo “descarta la hora extra tradicional y amplía la desigualdad en sectores precarizados”.
4- Servicios esenciales: mayores restricciones para los paros
El borrador endurece los pisos de actividad durante medidas de fuerza. En sectores “críticos”, deberán garantizarse servicios al 75%, y en áreas estratégicas —salud, energía, educación, transporte, telecomunicaciones, logística, banca digital— al 50%.
La CGT anticipa que judicializará este capítulo porque “viola la libertad sindical y el derecho constitucional a huelga”.
5- Remuneraciones
La modificación del capítulo salarial introduce reglas precisas sobre la composición de la remuneración, permitiendo la incorporación de sumas fijas, variables y beneficios sociales determinados. Se consagra la digitalización obligatoria de recibos de sueldo, planillas de asistencia y toda la documentación asociada, equiparándola en validez a la documentación tradicional en papel. En concreto, prevé la incorporación temporal de componentes salariales dinámicos y la exclusión de diversos pagos de la remuneración, como viáticos documentados y reintegros.
El proyecto determina cuáles son los montos que conforman la remuneración computable y cuáles quedan excluidos, de modo de evitar interpretaciones conflictivas ante juicios laborales. Asimismo, se prevé un mecanismo extraordinario para la actualización salarial en línea con la negociación colectiva.
El proyecto define con precisión qué conceptos integran la remuneración y digitaliza por completo recibos, planillas y documentación laboral. Excluye viáticos documentados y reintegros para reducir litigios. Propone, además, un mecanismo especial de actualización salarial por vía de negociación colectiva, que podría utilizarse frente a escenarios inflacionarios. Para las organizaciones sindicales, se trata de “una formalización útil, pero insuficiente sin cláusulas de garantía”.
6- Certificados digitales por enfermedad
Los certificados médicos deberán emitirse de manera digital y se crea un sistema centralizado de control de ausencias. También se endurecen los requisitos para justificar inasistencias y se acortan los plazos para configurar abandono de trabajo.
En casos de ausencias prolongadas, el empleador podrá iniciar el camino hacia la extinción del contrato tras una notificación fehaciente. Los gremios alertan por “riesgo de arbitrariedad y pérdida de derechos en enfermedades graves”.
7. Reincorporación judicial
Ante un despido declarado ilegítimo por la Justicia, el trabajador podrá elegir entre volver al puesto o cobrar una indemnización. Si opta por la restitución, la empresa tendrá la obligación de regularizar la relación y abonar los salarios devengados durante todo el período sin prestación de tareas.
El texto redefine además la obligación de reubicar a empleados con incapacidades permanentes. Si el empleador no puede hacerlo sin culpa, se aplicará la indemnización del artículo 247; si sí puede y no lo hace, regirá el artículo 245.
8. Repartidores de plataformas: reconocimiento laboral
Uno de los cambios más novedosos es la formalización de la relación laboral entre plataformas digitales y repartidores. Se exige registración, aportes a la seguridad social, seguros y reglas de jornada y remuneración mínima.
También contempla un apartado específico que habilita la representación sindical sectorial y la participación de los trabajadores de plataformas en negociaciones colectivas propias, equiparando su estatus normativo al resto del universo laboral regulado.
9. Actualización salarial y modificaciones judiciales
El borrador incorpora mecanismos extraordinarios de actualización salarial vinculados a la paritaria y redefine procedimientos judiciales en regímenes especiales.
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