LAMENTABLE JESÚS JIMÉNEZ
Censura previa en Tucumán: Procuración prohibe difundir contenidos críticos sobre fiscal y jueces
El Ministro Público Fiscal de Tucumán tomó la polémica decisión e impulsó una denuncia penal contra Gustavo Olarte, titular de la empresa de cable CCC.
Se estableció que desde ahora existe apercibimiento de sanciones judiciales para quien no respete la determinación.La medida se extenderá por 6 meses y fue notificada al ENACOM.
Alcanza al citado Olarte y también a “todo su personal, periodistas, productores, conductores y colaboradores que integren el medio en cualquiera de sus programas, plataformas o redes sociales”.
Censura judicial a CCC cable de Tucumán
Luego de las medidas judiciales, intentó suicidarse en 2 ocasiones y fue rescatada de manera casi milagrosa.
Desde los estrados tucumanos, para frenar las apariciones públicas de la víctima, desarrollaron una movida contra la joven por falsa denuncia y eso puso bajo la lupa la actuación del Ministerio Público Fiscal y su manejo de causas sensibles.
En ese marco, la decisión contra la compañía de cable CCC (la segunda medida de este tipo en menos de dos meses, tras el allanamiento a la empresa periodística “Enterate Play”) profundiza el debate sobre los límites entre el control judicial y la libertad de prensa en el Jardín de la República.
Los 4 jugadores de Vélez denunciados por abuso sexual, Sebastián Sosa, José Florentín, Braian Cufré y Abiel Osorio.
Tildan de inconstitucional la decisión
Al impedir preventivamente la difusión de contenidos críticos, la medida podría configurarse como un caso de censura previa, prohibida por la Constitución Nacional y los tratados internacionales.
El escrito del Ministerio Público sostiene que “ Olarte, valiéndose de una apariencia de ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión ha emprendido una campaña pública de hostigamiento, desprestigio y ataque mediático contra distintos fiscales, en general contra el sistema de justicia provincial en su totalidad”.
Si esta decisión quedara firme se podría establecer un precedente que habilitaría un control estatal directo sobre el discurso periodístico y el debate público en Tucumán y el resto de la Argentina.
El texto de los fiscales habla de “crítica legítima” o “trabajos malintencionados”. ¿Quién podría determinar, desde ahora, la buena o mala intención de una crítica periodística?