La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó este jueves (04/12) por “inadmisible” un recurso del Estado Nacional contra un fallo que había ordenado al Ministerio de Capital Humano, liderado por Sandra Pettovello, elaborar un plan de distribución de alimentos destinados a comedores comunitarios.
DENUNCIA DE GRABOIS
Alimentos retenidos: Revés de la Corte para Sandra Pettovello / Leila Gianni
La Corte Suprema de Justicia desestimó un planteo de Leila Gianni contra el fallo que ordenó a Sandra Pettovello un plan de distribución de alimentos retenidos.
Se trata de una pelea que data de hace más de un año y medio, tras una denuncia de Juan Grabois por los alimentos retenidos por el Gobierno en depósitos.
El caso llegó al máximo tribunal mediante una queja presentada por Leila Gianni, entonces subsecretaria Legal del Ministerio de Capital Humano, con el patrocinio de Rodolfo Barra, en la que se buscaba dejar sin efecto la decisión de los tribunales de Comodoro Py por considerar que implicaba una intromisión judicial sobre facultades exclusivas del Poder Ejecutivo.
La controversia se había originado en la suspensión de la entrega de alimentos en comedores de todo el país, en el marco del “Plan Nacional Argentina contra el Hambre”. El dirigente social -y ahora diputado- Juan Grabois impulsó una denuncia penal y otra causa contenciosa, mientras que reportes periodísticos señalaban la existencia de un stock cercano a los 5 millones de kilos almacenados en Villa Martelli y Tafí Viejo, incluida leche próxima a vencer.
La fiscal Paloma Ochoa había reclamado medidas y pidió que los alimentos fueran distribuidos en comedores oficiales. El juez federal Sebastián Casanello sostuvo que el destino de los productos era facultad del Ejecutivo, pero ordenó elaborar un plan de distribución acorde a tipo, cantidad, vencimiento y población destinataria, y solicitó un detalle del stock en 72 horas.
Leila Gianni apeló mientras cuestionaba públicamente la intervención judicial. En la audiencia ante la Cámara Federal, en junio 2024, se registraron fuertes cruces que llevaron al tribunal a pedir sanciones tanto para Grabois como para Gianni. Los camaristas Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico confirmaron la cautelar y remarcaron que el Ministerio pudo pedir una prórroga, pero optó por cuestionar la “intromisión” judicial a través de nuevos recursos.
El Ministerio de Capital Humano recurrió luego a la Cámara Federal de Casación Penal, que rechazó la presentación. Finalmente, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti desestimaron la queja por inadmisible con fundamento en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
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