POLÍTICA

BOLETÍN OFICIAL

Estos son los 16 embajadores que deberán volver antes del traspaso presidencial

El Gobierno dispuso que 16 embajadores políticos, es decir sin carrera diplomática, dejen sus cargos antes del traspaso. Sus mandatos cesan automáticamente el 10 de diciembre, por lo que se les pide que adelanten el cese de sus funciones. La intención es que no haya demoras en los traslados, un asunto que tiene historial conflictivo en los cambios de gestión, y que provocó un sinfín de situaciones equívocas. ¿De quiénes se trata?

 

El Gobierno decidió que 16 embajadores políticos que cumplen funciones en el exterior deberán dejar cada una de sus representaciones y volver al país antes del traspaso presidencial, el 10 de diciembre.

La medida fue tomada por el decreto 784 publicado hoy en el 'Boletín Oficial' y firmado por el presidente Mauricio Macri y el canciller, Jorge Faurie.

Se trata básicamente de 16 funcionarios que no son de carrera diplomática, pero que fueron designados por el Poder Ejecutivo para cumplir funciones de representación en el exterior.

Sobre los embajadores políticos, el decreto recuerda que el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 establece que "el Poder Ejecutivo Nacional podrá designar excepcionalmente Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio Exterior de la Nación, posean condiciones relevantes".

El texto establece que "los funcionarios deberán encontrarse en la República el día 9 de diciembre de 2019", un día antes del traspaso presidencial entre Macri y el presidente electo, Alberto Fernández.

Así, deberán regresar al país los embajadores en Bolivia, Miguel Alvarez García; en Colombia, Marcelo Stubrin; en China, Diego Guelar, y de Chile,José Octavio Bordón. 

También el decreto alcanza al embajador ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura ( Unicef), Rodolfo Terragno; ante España, Ramón Puerta; en Portugal, Oscar Moscariello; en los Estados Unidos, Fernando Oris de Roa, y en Uruguay, Mario Barletta.

La medida también contempla al embajador ante el Mercosur y la Aladi, Mauricio Devoto; en Ecuador, Darío Giustozzi; en Paraguay, Héctor Lostri; en Israel, Mariano Caucino; en Costa Rica, Patricia Giménez; en México, Ezequiel Sabor, y en Perú, Jorge Yoma.


Decreto 784/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2019-97996689-APN-DGD#MRE, los Decretos Nros. 49 de fecha 7 de enero de 2016, 50 de fecha 7 de enero de 2016, 270 de fecha 28 de enero de 2016, 272 de fecha 28 de enero de 2016, 298 de fecha 3 de febrero de 2016, 447 de fecha 7 de marzo de 2016, 466 de fecha 11 de marzo de 2016, 22 de fecha 10 de enero de 2018, 23 de fecha 10 de enero de 2018, 24 de fecha 10 de enero de 2018, 25 de fecha 10 de enero de 2018, 26 de fecha 10 de enero de 2018, 34 de fecha 11 de enero de 2018, 73 de fecha 23 de enero de 2018, 124 de fecha 14 de febrero de 2018, 569 de fecha 18 de junio de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias establece que “el Poder Ejecutivo Nacional podrá designar excepcionalmente Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio Exterior de la Nación, posean condiciones relevantes. Este nombramiento se considerará extendido por el tiempo que dure el mandato del Presidente de la Nación que lo haya efectuado”.

Que por el Decreto N° 49/16 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA, al señor D. Normando Miguel ÁLVAREZ GARCÍA.

Que por el Decreto N° 50/16 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE COLOMBIA, al señor D. Marcelo Juan Alberto STUBRIN.

Que por el Decreto N° 270/16 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA POPULAR CHINA, al señor D. Diego Ramiro GUELAR.

Que por el Decreto N° 272/16 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE CHILE, al señor D. José Octavio BORDÓN GONZALEZ.

Que por el Decreto N° 298/16 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA, al señor D. Rodolfo Héctor TERRAGNO.

Que por el Decreto N° 447/16 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el REINO DE ESPAÑA, al señor D. Federico Ramón PUERTA.

Que por el Decreto N° 466/16 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA PORTUGUESA, al señor D. Oscar Armando MOSCARIELLO.

Que por el Decreto N° 22/18 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, al señor D. Fernando ORIS DE ROA.

Que por el Decreto N° 23/18 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, al señor D. Mario Domingo BARLETTA.

Que por el Decreto N° 24/18 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante la Representación Permanente de la República para MERCOSUR y ALADI, al señor D. Mauricio DEVOTO.

Que por el Decreto N° 25/18 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DEL ECUADOR, al señor D. Rubén Darío GIUSTOZZI.

Que por el Decreto N° 26/18 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DEL PARAGUAY, al señor D. Héctor Antonio LOSTRI.

Que por el Decreto N° 34/18 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el ESTADO DE ISRAEL, al señor D. Mariano Agustín CAUCINO.

Que por el Decreto N° 73/18 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE COSTA RICA, a la señora Da. Patricia Viviana GIMÉNEZ.

Que por el Decreto N° 124/18 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, al señor D. Ezequiel SABOR.

Que por el Decreto N° 569/18 se designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DEL PERÚ, al señor D. Jorge Raúl YOMA.

Que por el Expediente citado en el VISTO, tramita el traslado a la República de los señores Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios antes citados.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR y la SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Trasládase desde la Embajada de la República en el ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Normando Miguel ÁLVAREZ GARCÍA (D.N.I. N° 10.616.437).

ARTÍCULO 2°.- Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE COLOMBIA al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Marcelo Juan Alberto STUBRIN (D.N.I. N° 8.399.903).

ARTÍCULO 3°.- Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA POPULAR CHINA al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Diego Ramiro GUELAR (D.N.I. N° 8.341.129).

ARTÍCULO 4°.- Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE CHILE al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. José Octavio BORDÓN GONZALEZ (D.N.I. N° 8.252.113).

ARTÍCULO 5°.- Trasládase desde la Delegación Permanente de la República ante la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Rodolfo Héctor TERRAGNO (D.N.I. N° 4.424.643).

ARTÍCULO 6°.- Trasládase desde la Embajada de la República ante el REINO DE ESPAÑA al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Federico Ramón PUERTA (D.N.I. N° 8.408.868).

ARTÍCULO 7°.- Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA PORTUGUESA al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Oscar Armando MOSCARIELLO (D.N.I. N° 10.578.261).

ARTÍCULO 8°.- Trasládase desde la Embajada de la República en los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Fernando ORIS DE ROA (D.N.I. N° 10.141.141).

ARTÍCULO 9°.- Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Mario Domingo BARLETTA (D.N.I. N° 11.085.679).

ARTÍCULO 10.- Trasládase desde la Representación Permanente de la República para MERCOSUR y ALADI al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Mauricio DEVOTO (D.N.I. N° 14.943.544).

ARTÍCULO 11.- Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA DEL ECUADOR al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Rubén Darío GIUSTOZZI (D.N.I. N° 17.209.013).

ARTÍCULO 12.- Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA DEL PARAGUAY al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Héctor Antonio LOSTRI (D.N.I. N° 17.848.856).

ARTÍCULO 13.- Trasládase desde la Embajada de la República ante el ESTADO DE ISRAEL al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Mariano Agustín CAUCINO (D.N.I. Nº 25.537.219).

ARTÍCULO 14.- Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE COSTA RICA al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, a la señora Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Da. Patricia Viviana GIMENEZ (D.N.I. N° 14.978.898).

ARTÍCULO 15.- Trasládase desde la Embajada de la República en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Ezequiel SABOR (D.N.I. N° 21.923.142).

ARTÍCULO 16.- Trasládase desde la Embajada de la República en la REPÚBLICA DEL PERÚ al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario D. Jorge Raúl YOMA (D.N.I. N° 11.114.280).

ARTÍCULO 17.- Los funcionarios mencionados precedentemente deberán encontrarse en la República el día 9 de diciembre de 2019.

ARTÍCULO 18.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 -MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

ARTÍCULO 19.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Jorge Marcelo Faurie

e. 22/11/2019 N° 90226/19 v. 22/11/2019

 

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