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$LIBRA: El fallo de Cámara que desarma el relato de Milei

Para el Presidente, quedó descartada la estafa por una decisión en USA. Pero la causa penal en la Argentina sigue abierta, y ahora la Cámara pide elevar embargos.

Javier Milei intenta instalar que quedó desestimado que haya habido una estafa con la venta del criptoactivo $LIBRA, que lo tuvo a él como actor central, dado que en USA se levantaron los embargos que pesaban Hayden Davis, el creador del token que el Presidente difundió en un tuit hace casi un año.

"En USA le acaban de liberar todo el embargo a Davis, por lo tanto no hubo estafa, no hubo criptoestafa, todas las cosas que decía la política", le dijo Milei a Luis Majul a finales de 2025.

En USA se tramita una demanda colectiva (class action), de tipo civil, iniciada por damnificados de la criptoestafa que denuncian que operadores con información privilegiada ejecutaron una maniobra conocida como rug pull (tirar de la alfombra) mediante la que unos pocos inversores embolsaron millones a costa de las pérdidas de muchos otros.

La jueza de Nueva York Jennifer Rochon resolvió en agosto levantar el embargo que pesaba sobre Davis. En el expediente no está acusado Milei, aunque fue mencionado.

Para el Presidente, esa decisión es prueba suficiente de que no hubo una estafa en la operación de $LIBRA y que, en todo caso, los inversores sabían a qué atenerse cuando participaron de ese negocio.

Sin embargo, en la Argentina sigue en trámite, aunque con mucha parsimonia, una causa penal que tiene al Presidente imputado, además de Davis y el amigo presidencial Mauricio Novelli, entre otros.

En este expediente no ha habido avances sustanciales (nadie ha sido citado a indagatoria aún), pero la Cámara Federal acaba de tomar una decisión que pone en aprietos el relato del Presidente sobre la inexistencia de la estafa.

Los jueces de la Sala I Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi validaron la decisión del juez de primera instancia Marcelo Martínez de Giorgi de levantar el congelamiento total sobre los bienes de Davis, al exfuncionario de la Comisión Nacional de Valores (CNV) Sergio Morales, los lobistas argentinos Manuel Terrones Godoy y Mauricio Novelli.

Sin embargo, solicitaron ampliar los montos de los embargos que todavía prevalecen. Martínez de Giorgi estableció US$25.400 de embargo y por un plazo de 90 días.

Aquella decisión se fundó en que, según plantearon los abogados de los imputados, el congelamiento total era desproporcionado en relación a lo que supuestamente demandan los damnificados de la criptoestafa que se perpetró luego de que Milei la promocionara en sus redes sociales.

Pero a pedido de la querella que impulsa Juan Grabois, los camaristas le solicitaron al juez de 1ra instancia incrementar el monto del embargo para poder cubrir eventuales nuevos daños.

“Se habrá de encomendar al juez a que, con carácter previo al levantamiento de la medida de no innovar, fije un prudente aval patrimonial ajustado a esa realidad, que tutele las metas del proceso”, dice uno de los párrafos del fallo.

“Para tal fin, se habrá de evaluar en cada caso una suma que, según la entidad y gravitación de los hechos y la cuantía del daño y del grado de participación, resulte necesario a los fines previstos”, agrega.

De esa forma, la causa sigue activa y los imputados continúan bajo sospecha. No hay indagatorias aún, pero tampoco sobreseídos.

El pedido para aumentar los montos había sido efectuado por los abogados Nicolás Rechanik y Yamil Castro Bianchi, quienes forman parte del equipo del diputado Grabois, que representa a un grupo damnificados que compraron el token y perdieron.

De acuerdo a clarín.com, la Sala I también dejó plasmada la necesidad de acelerar los tiempos de la investigación, justificándose en la excepcionalidad que revisten las medidas que congelan el patrimonio de los imputados.

Alli pidieron que "se arbitre los medios necesarios" para obtener la producción de las pruebas para "esclarecer la situación" de los imputados, señalando el riesgo de desvirtuar las medidas cautelares si no avanza la investigación y del proceso penal en sí.

"La verosimilitud del derecho y el peligro en la demora invocados, en el supuesto de no progresar de forma simultánea a la instrucción, terminarán por desvirtuar la naturaleza de las medidas cautelares ordenadas en esta etapa preliminar", cerró su escrito el tribunal.

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