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Moratoria de AGIP para impuestos en CABA: Hasta cuándo podés adherirte

Con el proceso digitalizado, tasas reducidas y hasta 48 cuotas disponibles, esta moratoria de AGIP es una de las más flexibles y completas de los últimos años.

El régimen incluye deudas vencidas hasta el 31 de agosto de 2025, y abarca impuestos como ABL, Patentes, Ingresos Brutos y Sellos, además de otras obligaciones administradas por la AGIP. Incluso permite incluir deudas que ya se encuentran en instancia judicial, con la ventaja de suspender los plazos procesales y, en caso de cancelación total, extinguir la acción penal o infraccional correspondiente.

Moratoria AGIP 2025: Cómo pagar deudas de impuestos en 48 cuotas y con quitas del 100%

¿Qué beneficios ofrece la nueva moratoria AGIP CABA impuestos?

El plan de regularización de la AGIP ofrece el beneficio de la condonación de hasta el 100% de los intereses resarcitorios y punitorios, según la modalidad de pago elegida. También permite abonar la deuda en hasta 48 cuotas, con tasas de financiación reducidas y descuentos más altos para quienes adhieran dentro del primer mes.

Durante los primeros 30 días desde la entrada en vigencia, los pagos al contado acceden a una quita total del 100% de los intereses para contribuyentes comunes y del 70% para grandes contribuyentes. En tanto, quienes opten por pagar en cuotas dentro de ese mismo plazo obtendrán descuentos del 70% y del 60%, respectivamente.

Después de ese período, los beneficios disminuyen progresivamente, las quitas bajan desde el 70% inicial hasta un 10%, dependiendo de la fecha de adhesión y del número de cuotas elegidas.

Las tasas mensuales de financiación se mantienen en niveles moderados, tal como 2% para contribuyentes comunes y 3% para grandes contribuyentes, según lo informado oficialmente por la AGIP. El valor mínimo de cada cuota es de $5.000, incluyendo intereses financieros.

¿Qué impuestos incluye la moratoria de AGIP en CABA y quiénes pueden acceder?

La moratoria abarca todas las deudas tributarias administradas por AGIP, ya sea que estén en instancia administrativa o judicial. Sin embargo, existen excepciones importantes:

  • Agentes de recaudación, quienes actúan en nombre del fisco, quedan excluidos.
  • Personas declaradas en quiebra sin continuidad de la explotación.
  • Contribuyentes condenados por delitos del Régimen Penal Tributario (Ley 24.769) o por delitos contra la administración pública de la Ciudad.
  • Deudas ya incluidas en planes vigentes al 31 de agosto de 2025 que hayan tenido reducciones o condonaciones previas.

Por el contrario, tanto personas físicas como jurídicas que mantengan obligaciones impagas dentro del período permitido pueden ingresar sin limitaciones.

Además, si la deuda se encuentra en etapa judicial, la moratoria suspende los plazos procesales y la prescripción penal, brindando un alivio temporal hasta que el contribuyente complete el pago total o finalice el plan acordado.

Moratoria de AGIP: Paso a paso para adherirse en línea

La adhesión al régimen se realiza de forma exclusivamente digital, mediante el Portal del Contribuyente en el sitio oficial de la AGIP (www.agip.gob.ar). Para acceder, es obligatorio contar con usuario miBA nivel 3, el sistema de autenticación del Gobierno de la Ciudad.

El proceso consta de los siguientes pasos:

  • Ingresar al Portal del Contribuyente con usuario miBA nivel 3.
  • Seleccionar “Nueva Cuenta Corriente Tributaria” desde el menú principal.
  • Ingresar a la pestaña “Moratoria”, donde el sistema muestra todas las deudas disponibles para regularizar.
  • Revisar las obligaciones listadas, con posibilidad de agregar, modificar o eliminar las que se deseen incluir.
  • Elegir la modalidad de pago: al contado o en cuotas (hasta 48).
  • Si se elige un plan en cuotas, registrar la CBU de la cuenta desde la que se debitarán los pagos.
  • Confirmar la adhesión al Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) y a la boleta electrónica, pasos obligatorios para formalizar la operación.
  • Validar toda la información y confirmar la adhesión, visualizando el monto final y las cuotas seleccionadas.
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Todo el trámite puede realizarse en cualquier momento dentro del plazo habilitado, e incluso es posible modificar obligaciones o solicitar revisión de deuda antes de finalizar el proceso.

¿Qué pasa con las deudas judicializadas y las sanciones?

Una de las principales ventajas del nuevo plan de la AGIP es su efecto sobre las deudas judicializadas. Si el contribuyente cancela el total de la deuda, se produce automáticamente la extinción de la acción penal, infraccional o delictual, además de la condonación de las sanciones.

Esto significa que, al completar el pago —ya sea de contado o al finalizar el plan—, el contribuyente queda plenamente liberado de la causa y puede continuar operando sin restricciones fiscales.

¿Dónde consultar más información sobre la moratoria AGIP CABA impuestos?

Para facilitar la gestión, el Gobierno de la Ciudad y la AGIP publicaron un apartado especial de preguntas frecuentes, junto con tutoriales en video y guías paso a paso. Estos recursos explican en detalle los requisitos, beneficios y limitaciones del régimen.

Los interesados pueden acceder a la información completa en el sitio oficial de la AGIP: www.agip.gob.ar/campanas/nueva-moratoria-para-regularizar-deudas-de-todos-los-impuestos

Ahí se encuentran disponibles las actualizaciones del plan, los beneficios por adhesión temprana y las condiciones generales de financiación.

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