Desde este mes, un grupo de contribuyentes dejará de pagar la cuota mensual del Monotributo si cumple con determinadas condiciones. Es que ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) activó una bonificación del 100% para monotributistas que son propietarios de inmuebles alquilados bajo ciertos requisitos.
BENEFICIOS DE ARCA
Monotributo: Los contribuyentes que tendrán bonificado el 100% del impuesto desde este mes
Desde noviembre, un grupo de monotributistas podrá acceder a la bonificación del 100% en el impuesto Monotributo si cumple con estas condiciones. Y hay más.
Vale recordar que la cuota mensual del Monotributo se establece de acuerdo al ingreso que el monotributista facture anualmente. Todas las categorías del este impuesto engloban locaciones, prestaciones de servicios y venta de cosas muebles. Y la cuota del Monotributo incluye el componente impositivo, los aportes a la obra social y a la jubilación.
Pero desde ahora aquellos contribuyentes del régimen del Monotributo que alquilen propiedades podrán acceder al 100% de bonificación de la cuota de ese impuesto si cumplen con los siguientes requisitos:
- Registrar los contratos de alquiler en el Registro de Locaciones de Inmueble (RELI) dentro de los primeros 15 días posteriores a la firma del contrato.
- Estar inscriptos como monotributistas en la actividad de alquileres.
- No poseer más de tres propiedades.
- No superar los ingresos correspondientes a la categoría K del Monotributo ($94.805.682,90 anuales).
Desde noviembre, ARCA otorga un nuevo beneficio para monotributistas.
Más beneficios de ARCA
Según dicen desde ARCA, el objetivo de esta disposición es fomentar la formalización de contratos de alquiler y promover la transparencia fiscal.
Además, se especificó que la bonificación del 100% de la cuota del impuesto Monotributo no es el único beneficio al que podrán acceder las personas que cumplan con estos requisitos:
Las categorías del Monotributo
Vale señalar que las categorías vigentes del Monotributo son las siguientes:
Categoría A:$8.992.597,87.
Categoría B: $13.175.201,52.
Categoría C: $18.473.166,15.
Categoría D: $22.934.610,05.
Categoría E: $26.977.793,60.
Categoría F: $33.809.379,57.
Categoría G: $40.431.835,35.
Categoría H: $61.344.853,64.
Categoría I: $68.664.410,05.
Categoría J: $78.632.948,76.
Categoría K: $94.805.682,90.
En tanto, los montos mensuales que deberán abonar los monotributistas según la categoría en la que se encuentren inscriptos son:
Categoría A: $37.085,74 servicios y venta de bienes muebles.
Categoría B: $42.216,41 servicios y venta de bienes muebles.
Categoría C: $49.435,58 servicios y $48.320,22 venta de bienes muebles.
Categoría D: $63.357,80 servicios y $61.824,18 venta de bienes muebles.
Categoría E: $89.714,31 servicios y $81.070,26 venta de bienes muebles.
Categoría F: $112.906,59 servicios y $97.291,54 venta de bienes muebles.
Categoría G: $172.457,38 servicios y $118.920,05 venta de bienes muebles.
Categoría H: $391.400,62 servicios y $238.038,48 venta de bienes muebles.
Categoría I: $721.650,46 servicios y $355.672,64 venta de bienes muebles.
Categoría J: $874.069,29 servicios y $434.895,92 venta de bienes muebles.
Categoría K: $1.208.890,60 servicios y $525.732,01 venta de bienes muebles.
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