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Moratoria AGIP 2025: Cómo pagar deudas de impuestos en 48 cuotas y con quitas del 100%

En las próximas semanas, la AGIP dará a conocer detalles sobre plazos y modalidades de adhesión, al mismo tiempo que brinda facilidades a los contribuyentes.

La medida, aprobada recientemente por la Legislatura porteña, entrará en vigencia el lunes 3 de noviembre de 2025 y se aplicará a todas las deudas vencidas al 31 de agosto de este año. Se trata de una iniciativa que busca dar alivio fiscal a contribuyentes con obligaciones pendientes en tributos como Inmobiliario/ABL, Patentes, Ingresos Brutos, Sellos, Publicidad y otros impuestos locales.

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Según informó la AGIP, quienes opten por el pago al contado serán los que obtengan los mayores beneficios en quitas, mientras que quienes prefieran planes en cuotas podrán acceder a hasta 48 pagos mensuales con intereses reducidos.

¿Qué impuestos incluye la moratoria de la AGIP?

El plan de pagos abarcará todas las deudas impositivas vencidas al 31 de agosto de 2025, incluyendo:

  • Impuesto Inmobiliario/ABL
  • Patentes de vehículos
  • Ingresos Brutos
  • Impuesto de Sellos
  • Publicidad
  • Otros tributos locales

Además, se aclaró que los contribuyentes con deudas en instancia judicial también podrán acogerse al beneficio. En esos casos, la adhesión a la moratoria implicará la suspensión de plazos procesales y, si se cancela la deuda total, se extinguirán acciones penales e infracciones.

¿Cómo funcionarán las quitas de intereses y punitorios en la moratoria?

La AGIP explicó que el porcentaje de condonación dependerá del momento en que el contribuyente se adhiera al plan y de la modalidad de pago elegida. Quienes paguen de contado serán los grandes beneficiados, con descuentos que podrían llegar al 100% en intereses y punitorios.

En cambio, los planes en cuotas ofrecerán quitas parciales que disminuirán cuanto mayor sea el número de pagos seleccionados.

¿Qué pasa con la devolución de saldos a favor de Ingresos Brutos?

Paralelamente a la moratoria, la AGIP sigue implementando la devolución de saldos a favor en Ingresos Brutos, un mecanismo que permite a trabajadores, comercios y pymes recuperar saldos acumulados para aplicarlos al pago de otros impuestos.

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Para poder solicitar la devolución en 2025, es necesario cumplir con varios requisitos:

  • Tener un saldo a favor menor o igual a $2 millones.
  • Haber presentado todas las declaraciones juradas de Ingresos Brutos.
  • No tener deuda judicial ni como agente de recaudación.
  • No estar concursado o en quiebra.
  • No registrar cargos de fiscalización abiertos.
  • No estar adherido a planes de facilidades de pago vigentes.
  • No haber solicitado otra devolución n los últimos 90 días.

El trámite se realiza con Clave Ciudad, ingresando a la “Cuenta Corriente Tributaria” y seleccionando la opción “Devolución SAF”. El sistema controla en línea los requisitos y, si todo está en orden, permite ingresar los datos de la cuenta bancaria para recibir la acreditación.

¿Cómo impactará esta moratoria en los contribuyentes porteños?

Con este plan, el Gobierno porteño busca dar un respiro financiero a los contribuyentes y fomentar la regularización de deudas fiscales en condiciones más flexibles. Al ofrecer quitas de hasta el 100% y opciones de pago en cuotas, se espera una alta adhesión, especialmente de pymes y trabajadores independientes que buscan alivio en sus obligaciones tributarias.

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