El teniente general Carlos Presti aún no juró como ministro de Defensa pero participó este miércoles de la reunión de Gabinete en la Casa Rosada. El militar apareció en la foto "de familia" junto al presidente Javier Milei y sus ministros, incluido Luis Petri, a quien reemplazará una vez que el mendocino asuma su banca de diputado nacional, el 10/12. También participó del encuentro Alejandra Monteoliva, quien asumirá la jefatura del ministerio de Seguridad en reemplazo de Patricia Bullrich, que irá al Senado.
DOCUMENTO EXCLUSIVO
En el Ejército dicen que Carlos Presti puede ser ministro y militar en actividad al mismo tiempo
De acuerdo a un "dictamen" interno del Ejército al que accedió Urgente24, el futuro ministro de Defensa puede ejercer el cargo sin pasar a "disponibilidad", como se anticipó.
La designación de Presti, hasta aquí jefe del Ejército, ha suscitado una serie de debates en torno a que se convertirá en el primer militar en asumir un cargo político desde el retorno de la democracia, en 1983, tras la última dictadura.
Los exministros de Defensa Oscar Aguad y Julio Martínez, ambos radicales, sostuvieron que Presti debe pasar a retiro para ejercer un cargo político, ya que la ley veda que un militar en actividad ocupe un estatus de esa naturaleza.
Desde la Casa Rosada, en cambio, dejaron trascender que no se le solicitará el retiro al futuro ministro, sino que se lo pasará "a disponibilidad", una suerte de licencia en la que un militar aguarda un destino específico, pero que tiene un límite temporal de no más de un año, tal como establece la ley que regula al personal militar, como consignó Urgente24.
Presti no confirmó si esa será su situación específica, pero afirmó que iba "a cumplir lo que determina la ley" y "a seguir con jerarquía militar pero en una situación distinta”. Aseguró además que "está contemplado legalmente qué es lo que corresponde a este tipo de situaciones", en la que un militar cumplirá funciones por fuera de los cuarteles.
Documento interno
Pero dentro del Ejercito Argentino, que aún comanda Presti, se asegura que el teniente general podrá asumir como ministro en situación de actividad, sin necesidad siquiera de pasar a "disponibilidad" ni mucho menos a retiro.
Así lo confirma un documento interno de la fuerza al que accedió Urgente24 y que pretende desmentir presuntas incompatibilidades entre el ejercicio del ministerio de Defensa y la actividad militar. Fuentes castrenses señalaron a este medio que se trata de la "argumentación" con la que se validará que Presti se desempeñe como ministro sin limitación alguna en su jerarquía militar.
El texto se titular "Algo sobre el ministerio de Defensa a cargo de un militar (¿Actividad, Disponibilidad o Retiro?)" y se le adjudica su confección al área jurídica del Ejército, aunque su filtración se atribuye al servicio de Inteligencia de la misma fuerza armada.
Para sostener su posición, el "dictamen" invoca distintas leyes, como la de Ministerios (Nº 22.520), la ya mencionada N°19.101, la de Defensa Nacional (Nº 23.554) y la del Régimen Disciplinario Militar (Nº 26.394).
Así mismo, señala que la Constitución Nacional no establece "restricción alguna respecto de la condición militar" a la hora de facultar al Presidente para nombrar o remover a sus ministros, a la vez que recuerda que el mandatario es al mismo tiempo Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas.
"No surge impedimento constitucional para que un militar en actividad pueda asumir funciones ministeriales, siempre que la legislación específica así lo permita", agrega.
"Militar institucional"
Luego, el documento se dedica a aclarar que con su designación en Defensa Presti no se aleja de los asuntos militares, condición para el pase a "disponibilidad", sino que, por el contrario, se seguirá dedicado a ellos.
"El pase a disponibilidad previsto en el artículo 38 de la Ley Nº 19.101 solo procede cuando la función resultare ajena a las necesidades del servicio militar. Dado que el cargo de Ministro de Defensa mantiene una vinculación directa con la conducción del instrumento militar, no corresponde su pase a disponibilidad ni a retiro", señala.
En esa misma línea, sostiene que el ministro del Interior, junto con el jefe del Estado Mayor Conjunto, integra el Consejo General de Guerra, que -señala- ejerce "funciones disciplinarias estrictamente castrenses". "La participación del Ministro en este órgano confirma la naturaleza institucional militar de parte de sus funciones", agrega.
Consigna luego que la Ley de Defensa Nacional asigna al titular de la cartera "responsabilidades directamente vinculadas con la actividad militar", entre otras, integrar la conducción política de la Defensa, proponer la organización y despliegie del intrumento militar; y ejecutrar la política de defensa y supervisión del planeamiento estratégico militar.
También cita atribuciones otorgadas por la ley de Ministerios que supuestamente "demuestran" que "el cargo de Ministro de Defensa forma parte integral de la estructura de conducción del instrumento militar".
Finalmente, "dictamen" resume que el ministro de Defensa "ejerce funciones de naturaleza militar institucional" y que el cargo "no se encuentra comprendido en el supuesto de funciones ajenas previsto" en la ley del Personal Militar.
Por lo tanto, "no corresponde el pase a disponibilidad ni a retiro del militar designado". Al descartar la disponibilidad, el documento tácitamente también elimina el límite temporal establecido para esa condición.
A su vez, sostiene que la reglamentación de la ley del Personal Militar "habilita expresamente a un militar en actividad a desempeñar funciones públicas no electivas vinculadas a las necesidades del servicio".
"En consecuencia, el Teniente General Carlos Alberto Presti puede ser designado Ministro de Defensa permaneciendo en actividad", cierra.
Más contenido de Urgente24
Ahora, Whirpool: Cerró su planta de Pilar (220 trabajadores en la calle)
Los gobernadores peronistas cambian de estrategia y complican a los K en el Congreso: Qué decidieron
Senado: Victoria Villarruel le ganó el 1er round a Patricia Bullrich
Rodrigo Paz, la envidia de Milei: Ranking de presidentes sudamericanos