La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) perjudicará nuevamente a los contribuyentes porque, a instancias del Ministerio de Economía, aumentará el interés por las deudas de morosos, pero mantendrá las tasas propias ante un atraso en devoluciones o reintegros que deba hacer la entidad.
LUCHA DESPAREJA
AFIP vs. Morosos y contribuyentes: Nuevas tasas y polémica
La resolución firmada por el ministro de Economía, Sergio Massa, aumentó las tasas de interés para morosos y perjudicó a los contribuyentes.
La resolución 559/2022 que lleva la firma del ministro de Economía, Sergio Massa, fue publicada el último jueves 25 de agosto, pero estalló en las primeras horas del fin de semana.
Esta reglamentación entrará en vigencia desde el 1 de septiembre y las tasas ya no se actualizarán trimestralmente como fija la actual norma, la cual será derogada. En la medida, aclaran los motivos del aumento:
El anterior método que estaba regido por la resolución 598/2019 ataba las tasas a pagar por las personas morosas a una proporción de la tasa que se pagaba por plazos fijos a 180 días con actualización trimestral, pero ahora será fija con esta nueva norma.
Nueva medida de AFIP contra morosos y contribuyentes: Cómo quedan las tasas
La resolución redactada el 23 de agosto establece que la tasa resarcitoria impositiva y aduanera que exigirá la AFIP a los morosos pasará del 4,25% a 5,91% mensual a partir del 1° de septiembre, mientras que la tasa punitoria impositiva y aduanera subirá de 5,19% a 7,37%.
Estos niveles coinciden con la inflación mensual, cuyo último índice fue de 7,4% en julio de 2022.
Además, la norma establece que las deudas en dólares mantendrán las tasas del 0,83% y 1% para casos resarcitorios y punitorios, respectivamente.
La gran polémica estalló porque las obligaciones tributarias de la AFIP hacía los contribuyentes se mantendrán con los mismos índices, en vez de ser acompañados en consonancia a los porcentajes recién mencionados.
¿Qué significa? AFIP se muestra inflexible con aquellos contribuyentes que no abonen en tiempo y forma, mientras que las personas pierden dinero porque el interés que paga el organismo no acompaña a la inflación.
La tasa de las deudas por devolución, reintegro y compensación impositiva no mostrará aumentos en el corto plazo porque se mantendrá en 3,84%, mientras que en dólares tampoco verá modificaciones (0,20%).
Además, se aclaró que las tasas diarias deberán extraerse de la tasa mensual dividida por 30 y las obligaciones que se deban cancelar con vencimiento anterior al 1° de septiembre tendrán la vigencia de las tasas anteriores.
El especialista tributario Sebastián Domínguez explicó cómo afecta esta medida en charla con Clarín:
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