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AFIP inhibirá cuentas bancarias de contribuyentes: A quiénes afecta

La inhibición de AFIP imposibilita disponer del dinero hasta no saldar el monto adeudado por el contribuyente con el ente recaudador.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tomará una determinación que comenzará a implementar a partir de septiembre como la inhibición de las cuentas bancarias de los contribuyentes morosos.

En septiembre se levanta la suspensión de las inhibiciones de cuentas. Es decir que a partir del mes que viene AFIP puede dejar a ciertos contribuyentes con sus cuentas bancarias inhabilitadas En septiembre se levanta la suspensión de las inhibiciones de cuentas. Es decir que a partir del mes que viene AFIP puede dejar a ciertos contribuyentes con sus cuentas bancarias inhabilitadas

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Inhibición de AFIP a cuentas de contribuyentes morosos: Cómo te notifican

La inhibición de las cuentas bancarias será únicamente a los contribuyentes que posean deudas con la AFIP y Burgueño explicó cómo es el proceso de notificación: "Para esto, deben intimar 3 veces, pero no a partir de septiembre sino que cuentan notificaciones anteriores".

Estos avisos sobre la deuda a saldar se envían al contribuyente y su contador y la inhibición implica que no se pueda disponer de ese dinero para ningún tipo de operación bancaria.

AFIP y la inhibición a contribuyentes morosos: A quiénes incluye

La medida que se pondría en práctica a partir de septiembre por parte de la AFIP incluirá a "empresas y autónomos". En este sentido, Burgueño aclaró que la inhibición de cuentas a clientes morosos no incluiría a los monotributistas.

No te sacan dinero de las cuentas, sino que te dejan inactivo hasta que abones No te sacan dinero de las cuentas, sino que te dejan inactivo hasta que abones

Carlos Castagneto nuevo titular de la afip
Carlos Castagneto es el administrador de la AFIP.

Carlos Castagneto es el administrador de la AFIP.

AFIP retomó ejecuciones fiscales a contribuyentes morosos: A quiénes incluye y de qué se trata

AFIP volvió a realizar ejecuciones fiscales a deudores impositivos de riesgo grande y mediano, luego de haber estado suspendidas durante 19 meses por la pandemia de Covid-19. La medida abarca a los contribuyentes que recibieron una intimación y una boleta de pago con la deuda total y, ante la falta de respuesta, se lleva a cabo el embargo.

El ente recaudador indicó que este tipo de contribuyentes ya fue intimado y notificado "en reiteradas oportunidades" y esta gestión se realiza en función de procesos asociados directamente a CUITs con deudas líquidas y exigibles.

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