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PRODUCCIÓN DE GRANOS

La AFIP pone sus garras sobre el campo

Por una nueva disposición de AFIP, los productores del campo deberán informar 2 veces al año cuál es el volumen de la producción de granos de cada campaña.

La AFIP vuelve a poner presión sobre el campo: dispuso que desde ahora los productores deberán informar 2 veces por año al organismo sobre el volumen de producción de granos obtenida durante cada campaña.

Según indicaron desde el Estado, el objetivo es "mejorar la información disponible en las bases de datos y optimizar los procesos de fiscalización".

A través de las resoluciones generales conjuntas entre la AFIP y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca 5236/2022 y 5237/2022 establecieron, además, que los productores reporten anualmente sus existencias de trigo a fines de febrero.

Desde los organismos señalaron que con la carga al Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), "fortalecen la capacidad estatal para desarticular maniobras de evasión y benefician a aquellos actores que cumplen con sus obligaciones".

Por esto mismo, los distribuidores y mayoristas del sector harinero deberán utilizar de forma obligatoria el Remito Electrónico Harinero (REH) cuando envíen mercadería a las panaderías Por esto mismo, los distribuidores y mayoristas del sector harinero deberán utilizar de forma obligatoria el Remito Electrónico Harinero (REH) cuando envíen mercadería a las panaderías

Mercedes-Marco-del-Pont titular de la AFIP

"La digitalización de la documentación y la mejora permanente en los datos sectoriales fortalece las tareas de control y fiscalización realizadas en forma coordinada por las distintas áreas del Estado para desarticular operaciones irregulares que no solo afectan el financiamiento de las políticas públicas, sino que también perjudican a los actores que cumplen con las reglas", expresó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

En ese marco, las herramientas se suman a la reciente incorporación de la carta de porte electrónica para el transporte de subproductos granarios.

Asimismo, indicó que la resolución conjunta establece dos fechas anuales, en la finalización de la cosecha gruesa y en la de la fina, para que los productores declaren la producción obtenida en cada uno de esos períodos.

Y recordó que la norma que estaba vigente preveía que los productores agrarios informen una vez al año su stock de granos.

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