El candidato a jefe de Gobierno por La Libertad Avanza, Ramiro Marra, presentó un proyecto de ley para eliminar del código Contravencional de la ciudad la posibilidad de multar a los conductores de aplicaciones como Uber, Didi y Cabify
PROYECTO DE LEY
Ramiro Marra defiende a conductores de aplicaciones
El legislador de LLA presentó un proyecto para eliminar las multas a conductores de aplicaciones. Ramiró Marra criticó las presiones sindicales.
Marra apuntó contra sus competidores porteños indicando que "tanto Lousteau, como Santoro, Lammens, e incluso la secretaría de Transporte de Rodríguez Larreta quieren regular una actividad que le da a la gente trabajo y un buen servicio. Dejen de romperle las pelotas a los Uber".
El libertario remarcó que “no podemos negar la realidad ni pisarle la cabeza a la gente que quiere trabajar. Desde el año 2016, múltiples aplicaciones han comenzado a ofrecer el servicio de intermediación digital para el transporte urbano de pasajeros y la gente que utiliza estas aplicaciones no tiene ninguna queja”.
Cuestiones legales
“Desde el punto de vista jurídico, las actividades de estas aplicaciones se encuentran amparadas por todas las jerarquías jurisprudenciales. Desde la perspectiva penal, la Cámara de Apelaciones, la Cámara de Casación Penal e incluso la Corte Suprema de Justicia desestimaron las denuncias" Explicó Marra.
Luego agregó que "en 2020 el Tribunal Superior de Buenos Aires confirmó la legalidad de Uber, poniendo fin a la disputa legal. Esto hizo que todas las medidas cautelares impuestas contra la compañía quedarán sin efecto”. Enfatizó el economista
A todo esto acusó al gobierno porteño de violar el artículo 19 de la Constitución de la Nación Argentina, que garantiza
Ramiro Marra considera que "es momento de poner fin a las presiones de sindicatos e intereses privados y priorizar las elecciones de los porteños. Como demostró la historia, es un terrible error prohibir el progreso de las sociedades”,
Puntos destacados del proyecto
Artículo 2°.- Modifíquese el Capítulo 6.1.96 de la Ley N° 451 del Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“6.1.96 - Vehículos de transporte de pasajeros en infracción El/la titular o responsable de un servicio de taxis, transporte de escolares, remises o vehículos de fantasía, que brinde el servicio con vehículos que incumplan alguna de las normas que regulan los respectivos servicios y no tengan sanción específica en el presente Régimen, es sancionado/a con multa de mil quinientas (1.500) unidades fijas y/o inhabilitación.”
Artículo 3°.- Deróguese los incisos 15 y 16 del apartado b) del Capítulo 5.6.1 de Retención Preventiva de la Ley N° 2.148 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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