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PROYECTO

Quieren cambiar la ley de tarjetas de crédito: Tres medidas que podrían aliviar a los usuarios

Presentaron un proyecto para modificar la ley de tarjetas de crédito. La iniciativa ingresó esta tarde 09/09 al Congreso Nacional.

Un nuevo proyecto de ley presentado en el Congreso busca modificar la actual normativa de tarjetas de crédito para fortalecer la protección de los consumidores frente a los bancos y emisores. La iniciativa, impulsada por el diputado nacional Oscar Agost Carreño, apunta a resolver problemas que miles de usuarios enfrentan cada mes con sus resúmenes.

Entre los principales cambios propuestos, se destacan tres medidas concretas:

  • Más claridad en los consumos

El proyecto obliga a que cada compra figure en el resumen con la razón social, el nombre comercial y el comprobante fiscal correspondiente. De esta manera, se busca evitar que los usuarios reciban cargos con abreviaturas o nombres confusos que dificultan reconocer dónde gastaron.

  • Fechas de vencimiento más razonables

Hoy, muchas tarjetas fijan vencimientos apenas días después de emitir el resumen, lo que obliga a pagar rápido y sin tiempo para revisar posibles errores. Con la reforma, la fecha de pago deberá ubicarse después del cuarto día hábil de cada quincena, respetando el calendario en que la mayoría de los trabajadores y jubilados perciben sus ingresos.

  • Protección frente a errores de facturación

Los consumidores estarán habilitados a descontar de su pago consumos erróneos como duplicados, cuotas mal cobradas o cargos indebidos, sin que el banco pueda aplicar intereses. Además, si las fallas se repiten, la sanción para el emisor se duplicará.

Agost Carreño explicó que el objetivo es “equilibrar la relación entre usuarios y entidades financieras, que hoy tienen mucho más poder de negociación”. El diputado remarcó que la reforma beneficiará sobre todo a los sectores más vulnerables: jubilados, beneficiarios de programas sociales y personas con menor acceso a recursos digitales o legales.

De aprobarse, la ley entrará en vigencia 60 días después de su publicación en el Boletín Oficial y el Ejecutivo deberá reglamentarla en un plazo de 30 días.

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El proyecto completo a continuación:

4874-D-2025

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