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Detención de CFK: El fiscal de Casación sostiene la domiciliaria pero pide otro lugar

El fiscal Mario Villar desistió de impulsar el planteo de Luciani y Mola para que la exPresidente cumpla su condena en una cárcel común.

La Cámara de Casación debe resolver sobre algunos planteos sobre la detención de Cristina Kirchner. Para ello desarrolla una audiencia este lunes en la Sala IV de esa instancia judicial.

En ese marco, el fiscal general ante el máximo tribunal penal del país, Mario Villar, desitió este lunes de sostener el pedido de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola de que la exPresidente cumpla su sentencia en una cárcel común.

De esta forma, Casación mantendría la detención domiciliaria como ejecución de la condena a 6 años de prisión por defraudación al Estado.

CFK está arrestada en su departamento porteño de San Jose 1.111. Pero el fiscal Villar solicitó otro domicilio para el cumplimiento de la sentencia.

A esto se opuso el abogado de la exmandataria, Carlos Beraldi, quien además solicitó que se le quite la tobillera y no se le restrinjan las visitas.

Estos pedidos fueron realizados en una audiencia oral y pública efectuada en los tribunales este mediodía por las partes ante los jueces de la Cámara de Casación, Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña.

Resolverán esta semana si le dan la razón al fiscal o a la defensa, aunque los plazos vencen en los primeros días de la semana que viene.

A la hora de argumentar el pedido de traslado a otro domicilio, el fiscal Villar consideró que la permanencia en el departamento del barrio de Constitución "ha significado una alteración de la paz pública y los derechos de los vecinos y supone, a su vez, una exposición a riesgos para su persona es lógico disponer el cumplimiento de la condena en un domicilio distinto que limite o elimine tales perjuicios”.

“En este sentido, cabe aclarar que las manifestaciones o demostraciones públicas no pueden censurarse o prohibirse per se, ya que se encuentran amparadas por la libertad de expresión de la condenada y de sus seguidores (siempre que no se lleguen a cometer faltas o delitos, los que en cualquier caso no pueden imputársele a la condenada salvo que ella los haya instigado o favorecido de alguna forma jurídico-penalmente adscribible)”, agregó, según refleja clarín.com.

A su vez, habló sobre “el riesgo para su persona, el cual la defensa esgrimió para que no fuera alojada en una prisión federal, es claramente actual y presente en su residencia actual, en especial en sus salidas al balcón, debe recordarse que el atentado que sufrió fue en una situación de tumulto de sus seguidores”.

En cuanto al pedido de Luciani y Mola, fiscales durante el juicio oral, para que CFK cumpla la condena en una unidad penitenciaria, Villar sostuvo que les "asistía la razón" dado que "no había elementos para excepcionar la solución establecida como regla en el ordenamiento jurídico”.

Sin embargo, expresó a continuación, que “en el momento actual, la condenada ya se encuentra gozando del beneficio de la prisión domiciliaria sin que hasta el momento se haya verificado incumplimiento alguno de las reglas de conducta impuestas (por lo menos el Tribunal no ha dado cuenta de ello)”.

Por lo tanto, estimó que "no parece pertinente retrotraer la situación de la ejecución de la pena a una más gravosa que la actual”.

Como consecuencia de todos estos argumentos, Villar remarcó que el domicilio de cumplimiento de la condena por parte de Cristina Kirchner “no se sigue que los vecinos de la condenada y todas las personas que transitan el lugar deban acostumbrarse a vivir entre disturbios y situaciones anómalas”.

De modo que, sostiene el escrito, “la solución correcta sería el traslado del domicilio de cumplimiento, en los términos antes expresados y conforme lo fundamentado en el recurso de casación, al que me remito”.

Villar también se pronunció sobre la tobillera electrónica colocada por orden del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), que Beraldi exige sea retirada bajo el entendimiento de que no es necesaria porque la ex mandataria tiene custodia permanente.

El fiscal recordó que el artículo 32 de la Ley 24.660 indica que

Villar también se pronunció sobre la tobillera electrónica colocada por orden del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), que Beraldi exige sea retirada bajo el entendimiento de que no es necesaria porque la ex mandataria tiene custodia permanente.

El fiscal recordó que el artículo 32 de la Ley 24.660 indica que “al implementar la concesión de la prisión domiciliaria se exigirá un dispositivo electrónico de control, el cual sólo podrá ser dispensado por decisión judicial, previo informe favorable de los órganos de control y del equipo interdisciplinario del juzgado de ejecución”.

Atento a que ese informe “no se ha producido, no se puede excepcionar de la medida de control electrónico a la condenada”.

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