El Gobierno vuelve a la carga con el proyecto de “inocencia fiscal” y trae consigo un paquete de reformas que ya genera fuertes controversias. La propuesta, actualmente en el Congreso, busca modificar la Ley de Procedimiento Fiscal con un objetivo ambicioso. El proyecto busca modernizar el sistema sancionatorio, actualizar los valores de las multas a la realidad económica y reducir los plazos de prescripción.
EN EL HORNO
Proyecto de inocencia fiscal: Multas récord de hasta $67 millones por errores tributarios
Según el texto oficial, las modificaciones contemplan aumentos sustanciales en las multas por infracciones tributarias.
Pero detrás de estos cambios se esconde un dato que encendió las alarmas, las multas en dólares equivalentes podrían multiplicarse hasta por 200 veces, llegando a un tope histórico de $67,5 millones.
¿Qué propone el proyecto sobre multas en la Ley de Procedimiento Fiscal?
Según el texto oficial, las modificaciones contemplan aumentos sustanciales en las sanciones por infracciones tributarias. Por ejemplo:
- Las multas mínimas por infracciones formales pasarían de apenas $200 a $220.000.
- Las máximas, de $400 a $440.000.
- La omisión de declaraciones juradas informativas podría costar entre $5 millones y $10 millones.
- La falta de información sobre operaciones internacionales alcanzaría sanciones de hasta $22 millones.
- Las violaciones generales a la ley pasarían de un rango de $150-$2.500 a $150.000-$2.500.000, con un tope de hasta $35 millones según el tipo de contribuyente.
El punto más crítico, según los especialistas, es el caso del régimen “País por País”, donde la sanción máxima pasaría de $900.000 a un récord de $67,5 millones.
¿Por qué se cuestiona el aumento de multas?
El especialista Marcos Felice, desde el Blog del Contador, advirtió que este aumento es “brusco y masivo” y que en algunos casos “no contempla la proporcionalidad” necesaria para adaptarse al perfil del contribuyente.
En un contexto económico como el que está viviendo Argentina en la actualidad, es comprensible actualizar valores que llevan años desfasados. Sin embargo, expertos en derecho tributario señalan que la ausencia de mecanismos de gradualidad podría generar efectos devastadores, sobre todo para pequeñas y medianas empresas, o incluso para personas físicas alcanzadas por regímenes internacionales.
Además, remarcan que la falta de progresividad contradice principios como el de proporcionalidad y capacidad contributiva, pilares del derecho tributario sancionador. Este detalle podría abrir la puerta a cuestionamientos judiciales, ya que sanciones tan altas podrían ser consideradas desproporcionadas en casos concretos.
¿Qué cambios trae el proyecto en los plazos de prescripción?
El proyecto no solo toca el bolsillo de los contribuyentes, sino también los tiempos con los que cuenta el Estado para reclamar impuestos o aplicar sanciones.
Actualmente, la prescripción general es de 10 años para todos los contribuyentes. Con la reforma:
- Se mantiene en 10 años solo para contribuyentes no inscriptos.
- Baja a 5 años para contribuyentes inscriptos o que regularicen su situación.
- Se reduce a apenas 3 años si el contribuyente presenta su declaración en tiempo y forma sin diferencias significativas.
Esta reducción busca brindar mayor seguridad jurídica y evitar que los contribuyentes enfrenten reclamos impositivos indefinidamente.
Multas y discrecionalidad: ¿Qué pasará con el poder del Fisco?
Otro cambio clave es la derogación del artículo que permitía a la AFIP suspender por 120 días el plazo de prescripción si notificaba un sumario en los últimos 180 días antes del vencimiento. Esta herramienta era cuestionada porque, en la práctica, extendía los plazos de forma casi automática, dejando a los contribuyentes en un limbo.
Con la reforma, esa posibilidad desaparece, limitando el margen discrecional del organismo y alineando los plazos con los principios de certeza jurídica.
¿Cómo impactará en otras leyes tributarias?
El proyecto también toca normas como el Código Civil y Comercial y las leyes de obras sociales y seguridad social, reduciendo sus plazos de prescripción de 10 a 5 años para casos con cumplimiento voluntario. Esto uniforma criterios y evita contradicciones entre normativas nacionales y provinciales.
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