La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó en las últimas horas que Cristina Kirchner deberá continuar cumpliendo su arresto domiciliario bajo las condiciones impuestas por la Justicia, específicamente el Tribunal Oral Federal 2 tras su condena en la Causa Vialidad.
SIN PRIVILEGIOS
La Justicia le bajó el pulgar a Cristina Kirchner: Seguirá con tobillera y control total
La Justicia le cerró todas las puertas a Cristina Kirchner y le dijo no a sus requerimientos. Seguirá con tobillera y con restricciones.
Con un fallo de 131 páginas y por mayoría, el máximo tribunal penal rechazó los planteos de la defensa que buscaban eliminar la tobillera electrónica, flexibilizar el régimen de visitas y ampliar sin límites el uso de la terraza del departamento donde cumple la pena, en el barrio porteño de Monserrat.
Qué resolvió la Justicia
Los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña votaron por mantener el esquema actual, mientras que Mariano Borinsky se pronunció en disidencia y propuso hacer lugar a los recursos de la defensa.
La decisión implica que la ex presidenta deberá seguir:
- Con monitoreo electrónico mediante tobillera.
- Con visitas limitadas a un máximo de tres personas por encuentro.
- Con una frecuencia de hasta dos veces por semana.
- Con un tope de dos horas por reunión.
- Con uso restringido de la terraza a dos horas diarias en horario diurno.
El régimen también mantiene la exigencia de autorización judicial previa para el ingreso de personas que no integren su núcleo familiar inmediato o equipo profesional indispensable.
El argumento de la mayoría para que Cristina Kirchner no tenga privilegios
En el voto mayoritario se remarcó que la prisión domiciliaria es una modalidad excepcional de cumplimiento de pena y no equivale a una situación de libertad plena. Según los magistrados, las condiciones impuestas se ajustan a las facultades de control previstas en la Ley 24.660 y no constituyen un agravamiento ilegítimo.
El fallo subraya además que la pena cumple no solo una función resocializadora, sino también institucional, especialmente en casos de corrupción de relevancia pública. En ese sentido, los jueces sostuvieron que el cumplimiento efectivo y controlado de la condena tiene un impacto simbólico que no debe diluirse mediante flexibilizaciones sin fundamento.
Sobre la tobillera electrónica, el tribunal recordó que su uso es la regla en los casos de arresto domiciliario tras la reforma introducida por la Ley 27.375. También aclaró que la custodia policial permanente que posee la ex mandataria por su condición institucional no reemplaza el control judicial que ejerce el monitoreo electrónico.
La postura en disidencia
El juez Borinsky sostuvo una visión diferente. En su voto, propuso eliminar el monitoreo electrónico, flexibilizar el régimen de visitas y permitir un uso más amplio de la terraza.
Para el magistrado, exigir autorizaciones judiciales individuales para cada visita podría resultar excesivamente restrictivo y generar un esquema más gravoso que el régimen intramuros. Sin embargo, su postura no reunió mayoría.
Un nuevo capítulo tras la condena firme
La decisión se produce luego de que la Corte Suprema dejara firme la condena a seis años de prisión por administración fraudulenta en perjuicio del Estado. El Tribunal Oral Federal 2 había concedido el arresto domiciliario bajo reglas estrictas, criterio que ahora fue avalado por Casación.
Con este fallo, la Cámara reafirmó que el juez de ejecución conserva amplias facultades para regular y supervisar las condiciones del cumplimiento de la pena. La prisión domiciliaria continúa, pero bajo control estricto.
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