Esos espacios contendrán el nombre de la agrupación; su sigla o logotipo; una fotografía color del candidato a presidente (cuando se elija ese cargo); y el nombre y apellido completos de los primeros tres candidatos titulares a legislador nacional, ya que las listas completas serán publicadas en un afiche de exhibición obligatoria en el cuarto oscuro.
También, contendrá un casillero en blanco en el margen superior derecho del espacio de cada una de las agrupaciones para que el elector marque al candidato de su preferencia.
Además, el proyecto también tiene un capítulo en el que se establece que la Junta Electoral hará con una antelación no menor a un mes los nombramientos del presidente y los suplentes de cada mesa que serán designados entre quienes se desempeñen como docentes y empleados y funcionarios del Poder Judicial de la nación, la provincia o el municipio.
Finalmente, también establece que será la Cámara Electoral, y no el Ministerio del Interior como ocurre actualmente, la que tendrá a su cargo el escrutinio provisorio de todo el proceso electoral nacional.