IMPUESTO A LA RENTA FINANCIERA

Desprolijo: Quintana, vía Dujovne, bloqueó iniciativa de la AFIP

Mario Quintana, vicejefe de Gabinete de Ministros, dio las instrucciones precisas, y Nicolás Dujovne, el frágil ministro de Hacienda, convocó a la prensa para decirles: "La resolución (General 4094-E, publicada el martes 18/07 por la AFIP en el Boletín Oficial) está suspendida hasta que analicemos el impacto de la medida". A su lado, su par de Finanzas, Luis Caputo. La cuestión se refería a un impuesto a la renta financiera de inversores del exterior fijado por ley en 2013. La norma fija un gravamen del 15% de ganancias a la compraventa de acciones por parte de sociedades del exterior. En el caso de que el comprador y el vendedor sean residentes del exterior respecto de acciones de una sociedad local, el impuesto estará a cargo del comprador. La resolución establecía un mecanismo para calcular e integrar los impuestos por operaciones realizadas desde setiembre de 2013 a la fecha. ¿No hay diálogo previo entre AFIP y Hacienda? ¿Jefatura de Gabinete de Ministros se entera de las medidas cuando se publican en el Boletín Oficial? ¿A todos se les 'escapó la tortuga' y desde la City tuvieron que advertirles lo que sucedía?

El ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, anunció la suspensión de una polémica medida implementada ayer por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la cual grava la compra y venta de acciones por parte de extranjeros.

La decisión del Gobierno de suspender esta medida desinfló el precio del dólar sobre el cierre, que terminó la jornada en $ 17,45.

Lo sucedido demuestra una forma muy precaria de gestión del Estado de parte de Cambiemos, sin interconsultas previas, sin coordinación imprescindible, y excesivamente sujeta a la opinión 'ex post' de los agentes económico-financieros.

La Resolución General 4094-E publicada en el Boletín Oficial establecía las pautas para determinar y pagar el impuesto por las operaciones de venta de acciones acciones, cuotas y participaciones sociales, títulos, bonos y demás valores donde intervienen beneficiarios del exterior.

Sin embargo, un día después de su publicación, la medida fue suspendida hasta que el Gobierno logre "evaluar su impacto", según declaraciones del ministro.

"Es un impuesto que no afecta a los bonos, solo a las acciones, y entrará en un período de suspensión mientras se revisa el impacto", explicó el ministro de Hacienda en la conferencia de prensa en la que presentó el resultado fiscal de junio, pese a que en el texto de la normativa se lee que grava a los bonos y "demás valores".

No obstante, todo resultó desprolijo en el marco de una Administración que lleva 19 meses en el poder y nunca anunció un plan económico, y se encuentra orgulloso de ello, a la vez que reivindica un método costoso de gestión llamado 'prueba, error, corrección, prueba'.

En concreto, 1 día después de publicada en el Boletín Oficial, el ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, confirmó que la Resolución General 4094, que grava la compra y venta de acciones, se suspende hasta tanto se termine de evaluar el impacto.

La resolución, reglamentada por la AFIP, "va a entrar en un período de suspensión por un tiempo en el cual se va a reveer el impacto", dijo Dujovne, y agregó que la resolución "de ninguna manera afecta a los bonos, simplemente algún universo sobre las acciones".

La decisión de suspender la aplicación de este gravamen había provocado quejas entre los operadores e inversores bursátiles y de renta fija.

La resolución otorgaba dos meses de plazo para que los inversores se pusieran al día con la declaración de suss operaciones. Cuando el comprador y el vendedor sean residentes del exterior respecto de acciones de una sociedad local, el impuesto estaría a cargo del comprador.

La AFIP, necesitada de recaudar más, buscaba gravar la renta financiera para los no residentes, incluyendo las operaciones registradas desde el 23/09/2013 inclusive. Según la norma publicada el martes 18/07, el organismo resolvió aplicar una alícuota de 15% sobre el 90% de las sumas pagadas por la adquisición de títulos o sobre la ganancia neta de los mismos.

El impuesto aplica para las "operaciones de compraventa, cambio, permuta o disposición de acciones, cuotas y participaciones sociales -incluidas las cuotas partes de fondos comunes de inversión-, títulos, bonos y demás valores, efectuadas con beneficiaros del exterior", según figura en la resolución.