CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24) En los tribunales de Trenque Lauquén, peritos psicológicos indagaron este miércoles (12/05) mediante Cámara Gesell a la estudiante de primer año de secundario de General Villegas.
La menor de 14 años fue filmada cuando era sometida sexualmente por tres hombres, de entre 25 y 30 años. Los involucrados son hombres casados que aún no fueron arrestados ni se les afectó su libertad ambulatoria.
Cabe destacar que la "Cámara Gesell" se utiliza en casos de abuso sexual y/o violación de menor y consiste en un recinto que posee dos salas separadas por un vidrio espejado. En una de ellas se ubica la víctima o el testigo del delito objeto de la declaración, junto al psicólogo o psiquiatra, y en la otra el juez y las partes. Ambas dependencias están conectadas por sistemas de comunicación y video filmación que permite la interacción entre todos sus ocupantes.
El abogado que representa a la familia de la víctima, Luis Tomás Correa, aseguró esta mañana al ratificar la denuncia que "el video muestra que hubo un abuso sexual ultrajante" y que fue grabado en el teléfono de alguno de los tres imputados por el hecho.
El letrado adelantó antes de ingresar a la fiscalía que "pedirá la detención de los tres hombres".
El episodio, que se conoció el viernes pasado, fue denunciado por los padres de la menor, luego de que el video tomara estado público en General Villegas.
El fiscal caratuló a la causa como "violación sexual simple" (6 meses a 4 años de prisión) y "difusión de pornografía infantil" pero aún no ordenó la detención de los tres hombres que aparecen en las imágenes.
Sin embargo, el abogado de la familia aseguró en una entrevista con C5N que "están en el total convencimiento de que hay que cambiar la carátula del caso". "Nosotros interpretamos que es un abuso asexual aberrante y violación hecha por más de dos personas. El pedido de pena es de 8 a 20 años, ya que el video da todos los elementos para reclamarlo", aseguró.
La Ley 25.087 de Reforma del Código Penal en lo relativo a los hoy llamados Delitos contra la integridad sexual de las personas establece que:
> ABUSO SEXUAL: Se define al abuso como los actos subjetivamente impúdicos de desahogo sexual distinto a la cópula, son actos libidinosos. Los actos objetivamente impúdicos se configuran por violar la reserva de las partes pudendas. Ej: tocar, contactos corporales del autor o de un tercero con la víctima.
Pena: 6 meses a 4 años
Víctima: persona de uno u otro sexo menor de 13 años (presunción iure et te iure)
AGRAVANTES: segundo párrafo PENA: 4 a 10 años
Cuando el abuso por su duración o circunstancias de su realización hubiere configurado un SOMETIMIENTO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE PARA LA VICTIMA. Esto por el mayor desprecio hacia la dignidad de un semejante.
> ACCESO CARNAL: Cuando mediando las circunstancias del primer párrafo hubiere ACCESO CARNAL POR CUALQUIER VÍA (penetración del órgano sexual masculino en el cuerpo de otra persona. Sexo oral -felatio in ore-, acceso vaginal y acceso anal).
También es un agravante
PENA: de 6 a 15 años
Cuarto párrafo: enumera otros agravantes MAS SOMETIMIENTO GRAVEMENTE ULTRAJANTE PARA LA VICTIMA.
PENA: de 8 a 20 años
Declaró la menor del video 'hot' de General Villegas: ¿Fue una violación simple?
La chica de 14 años filmada mientras era sometida sexualmente por tres hombres fue indagada esta mañana a través de la Cámara Gesell. Su abogado pidió que se cambie la carátula de la causa: de "violación sexual simple" a "abuso sexual ultrajante y violación hecha por más de dos personas".
12 de mayo de 2010 - 00:00





