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La UIF refuerza controles en operaciones inmobiliarias y de comercio exterior

La Unidad de Información Financiera (UIF) dispuso nuevos procedimientos para que las actividades inmobiliarias y de comercio exterior detecten eventuales operaciones sospechosas de lavado de dinero y financiamiento de terrorismo.

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). Más del flirteo argentino con el GAFI. A través de la Resolución 41, publicada en el Boletín Oficial de este martes (15/02), el organismo encargado de la prevención del lavado de dinero en la Argentina, cuyo titular es José Sbatella, obliga a los diversos Registros de la Propiedad Inmueble a informar cualquier operación de compraventa de inmuebles, con especial seguimiento a "las inscripciones sucesivas sobre un mismo inmueble en un plazo de 2 años, cuando la diferencia entre el precio de la primera operación y de la última sea superior al 30 por ciento", según informa Nosis.

También se investigará a aquellas personas que inscriban varios inmuebles en el plazo de un año.

Los escribanos e inmobiliarias deberán pedir una declaración jurada sobre la legalidad de los fondos empleados para las operaciones. Hasta ahora, esa declaración se pedía cuando la operación superaba los $ 500 mil.

El plazo que las inmobiliarias tendrán para informar sobre operaciones sospechosas de lavado de dinero será de 30 días desde el momento en el que se concreta la operación o se intenta hacerla.

En el caso de operaciones sospechosas de financiamiento al terrorismo, el plazo se reduce a 48 horas.

Por otro lado, a través de la Resolución 39, también publicada en la edición de este martes (15/02) del Boletín Oficial, la UIF obliga a los despachantes de aduana, a los agentes de transporte aduanero, a los importadores y exportadores, a implementar políticas de "identificación y conocimiento del cliente" y pedir una declaración jurada sobre el origen y legalidad de los fondos que se vayan a utilizar ara las operaciones, una copia del balance en caso de que se trate de una empresa, y la documentación respaldatoria que permita establecer la situación patrimonial y financiera de la compañía.

La UIF estableció además que cuando las operaciones de comercio exterior se realicen con países que no cumplen con la normativa del Grupo de Acción Financiera (GAFI), se deberá hacer un seguimiento especial y los resultados deberán informarse por escrito al organismo de control.

Por otro lado, la documentación identificatoria del cliente debería ser guardada al menos durante 10 años, al igual que el registro de las operaciones sospechosas.

El plazo para informar sobre operaciones sospechosas de lavado de dinero será también de 30 días y de 48 horas para los casos sospechosos de financiamiento al terrorismo.

Las nuevas resoluciones se suman a las 18 que la UIF emitió desde fines de 2010 para ajustar los controles a los requerimientos del GAFI y evitar así el ingreso a la “lista gris”.