ARGENTINA

"MAL ENTENDIDO"

Stevia Jual sale a desmentir a la ANMAT: No está prohibido y fue un error de rotulado

Luego de que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicara en Boletín Oficial la prohibición de una leche en polvo y un edulcorante, la marca Stevia Jual emitió un comunicado para aclarar la situación y alegar que se trató de un error de rotulado y que se corrigió "de inmediato". El comunicado completo a continuación:

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de dos productos alimenticios y lo publicó en Boletín Oficial este martes 17/09, en el que se describía la prohibición de una leche entera en polvo (180 gr) marca "Alimentos Fundación Favaloro" y un endulzante de mesa apto para cocinar marca "Jual Stevia".

Mediante disposición 7457 se dispuso la prohibición del "endulzante de mesa apto para cocinar, libre de gluten, marca 'Jual Stevia', RNPA Expte. N° 4119-007527/18, Elaborado por Botánica SA, comercializado por Natural y Orgánico SRL – RNE N° 02-031766", por no cumplir la normativa alimentaria vigente.

Las autoridades verificaron que el establecimiento carecía de autorización para elaborar alimentos libre de gluten, gracias a una evaluación llevada a cabo por la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia de Córdoba.

Por este motivo, se procedió a lanzar un alerta y la ANMAT decidió prohibir la comercialización, transporte, exposición, fraccionamiento, con el correspondiente decomiso y destino final del producto en cuestión.

Ante la viralización de la noticia, la marca Jual Stevia emitió un comunicado y aseguró que se trató de un error de rotulado que ya fue solucionado. 

El comunicado a continuación:

"A raíz de la difusión masiva de dicha Disposición en medios televisivos, radiales, gráficos y de nuevas tecnologías, en donde el contenido ha generado un nivel de interpretación errónea, nos vemos obligados a aclarar algunos puntos vitales:

  • Que dicha Disposición afecta a una serie de lotes especificados, de principios de este año, con rotulado SIN TACC;
  • Que dichos lotes fueron INMEDIATAMENTE RETIRADOS de comercialización conforme se estableció, certificó, y notificó formalmente a ANMAT, tal como consta en el Plan de Acción presentado formalmente el día 4 de JULIO 2019 y vuelto a presentar ante las autoridades de la Provincia de Córdoba el día 20 de Agosto 2019 (Expte 0470-000162/2019, resolución 005. Niur 005/19 y Nota 225/19) y; En concreto la controversia rondaba por la utilización en la etiqueta del logo "Sin TACC" ya que por un tema administrativo al momento del registro quedo sin efecto dicho anexo sin tacc.

Dejamos en claro que:
1. La prohibición de la que se comunicó versa sobre aquella stevia en cuya etiqueta tenia impresa el logo "SIN TACC";
2. Que Botanika S A es un establecimiento totalmente habilitado para elaborar productos alimenticios y endulzantes como Stevia JUAL;
3. Que la Stevia JUAL cuya etiqueta no contenga al logo "Sin TACC" está absolutamente habilitada para ser comercializada en todo el territorio nacional.

Lamentamos profundamente que la difusión acontecida en el día de hoy hayan generado incertidumbre en todos aquellos que consumen nuestros productos.

Por ello, queremos dejar bien en claro el alcance de lo comunicado por ANMAT y llevar al mismo tiempo tranquilidad a nuestra familia de seguidores de Stevia JUAL. Nuestro compromiso fue, es y será llevar la mejor calidad de producto a la vida de los argentinos. Lo seguimos haciendo".

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