CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).- El dólar 'libre' que se ofrece en el mercado paralelo pero sin estar sujeto a los controles y restricciones a la compra por parte de la AFIP, cerró este jueves (09/08) entre los $6,24 y $6,26 para la venta.
NO BAJA
El dólar ‘libre’ sigue alto: Cotizó entre los $6,24 y $6,26 para la venta
El dólar que no está sujeto a las restricciones de la AFIP cerró este jueves (09/08) entre los $6,24 y $6,26 para la venta. La cotización genera incertidumbre en el mercado y también afecta el funcionamiento de la economía al perderse las referencias y poner en peligro de parálisis todas las operaciones, entre ellas las de comercio exterior.
Por su parte en las casas de cambio, el billete oficial cerró en $4,61para la venta. La brecha existente entre el dólar oficial y el 'libre' es motivo de gran preocupación para todos los agentes económicos, que son conscientes que esta situación, que marca una amplia diferencia, alienta las irregularidades en el comercio exterior, lo cual es utilizado a la hora de pactar precios de los bienes llamados “transables”, y es insostenible en el mediano plazo.
Esta situación genera incertidumbre en el mercado y también afecta el funcionamiento de la economía al perderse las referencias y poner en peligro de parálisis todas las operaciones, entre ellas las de comercio exterior.
La diferencia entre el billete oficial y el dólar ‘libre’ ocurre como consecuencia de las últimas restricciones como la eliminación de la opción de compra de dólares para el ahorro, las sanciones para los que compren billetes estadounidenses para viajar y pero no concreten el viaje, el cierre del grifo a los créditos en dólares.
Una nueva resolución de la AFIP, publicada este lunes (06/08) en el Boletín Oficial, impone aún más trabas y limitaciones para los turistas que deseen comprar moneda extranjera, ahondando así el cepo cambiario.
El organismo fiscal adelantó que la persona que pretenda viajar al exterior podrá "acceder a la compra de la moneda de curso legal o de uso corriente en el país de destino". Por ejemplo, si se viaja a Uruguay se podrá adquirir pesos uruguayos; si se viaja a Brasil, reales; o a Paraguay, guaraníes.
Además, para la validación de las operaciones de compra de moneda extranjera en concepto de turismo y viajes al exterior "requerirá que los datos declarados por el potencial adquirente sean confirmados por la empresa de transporte aéreo, marítimo, fluvial o terrestre, o, en su caso, por el operador turístico interviniente".
Las modificaciones aparecen en el marco de la resolución 3356, publicada este lunes (06/08) en el Boletín Oficial, y entrarán en vigor desde el próximo lunes 13 de agosto.
En el texto de la flamante normativa se deja en claro el procedimiento para acceder al "Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias", sobre el cual aclara que únicamente estará habilitado para los turistas que viajen al exterior.
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Dejando entrever sutilmente que no todas las solicitudes serán aprobadas, o al menos no en los montos solicitados, la AFIP subraya que "en caso de disconformidad con la respuesta obtenida, el adquirente podrá presentar ante la dependencia (...) una nota en los términos de la Resolución General Nº 1128, exponiendo los motivos de aquélla y, en su caso, acompañando la documentación que respalde su presentación".
Para dictar las nuevas medidas y permitir su entrada en vigencia, la AFIP dejó sin efecto las resoluciones anteriores 3210, 3212 y 3333, sin perjuicio del mantenimiento del sistema informático. Toda la normativa anulada se refería a la creación y la implementación del sistema de operaciones cambiarias.








