Esta tarde se leyó la sentencia al juicio más largo de la historia argentina. Familiares de las víctimas del atentado contra la Mutual Israelita estaban presentes en el Tribunal Oral Federal 3 desde minutos antes de las 18:00, horario en el que estaba pautado la comunicación de la sentencia. A pesar de que los rumores sobre la posible absolución de algunos policías no los alentaban, los familiares conservaban alguna esperanza.
Sentencia AMIA: la consagración de la impunidad
La lectura de la sentencia que duró poco más de treinta minutos, básicamente estableció que los culpables de la Causa AMIA, el mayor ataque terrorista que ha sufrido nuestro país donde 85 personas fueron asesinadas, deberán quedar libres. Todos los miembros de la llamada conexión local, el ex comisario Juan José Ribelli, el ex subcomisario Anastasio Leal y los dos ex oficiales Raúl Ibarra y Mario Bareiro, fueron absueltos de culpa y cargo. Además, Carlos Telleldín, quien habría preparado la Traffic con los explosivos y se la habría entregado a un destinatario aún desconocido, también fue absuelto. Los fundamentos de la sentencia recién se conocería el 29 de Octubre.
Laura Ginzberg convocó, a los pocos minutos de terminada la sentencia, una marcha que se realizará mañana a las 18:00 en Corrientes y Pasteur para dar repudio a la resolución del Tribunal que integran Gerardo Larrambebere, Miguel Pons y Guillermo Gordo. Recién los fundamentos de la sentencia recién se conocería el 29 de Octubre.
El tribunal decidió establecer la nulidad del acta del 31 de octubre de 1995 absolviendo así Carlos Alberto Telleldín y los ex policías Juan José Ribelli, Raúl Ibarra, Anastasio Leal y Mario Barreiro. Las 22 personas procesadas fueron liberadas aunque Telleldín y Ribelli deberán permanecer en prisión ya que están implicados en otras causas.
A partir de la sentencia se ha comenzado a analizar la posible destitución del juez federal Juan José Galeano, que tuvo la causa desde el día del atentado hasta que en diciembre de 2003 fue apartado de la investigación por la Cámara Federal. Galeano fue acusado de haberle pagado US$ 400.000 a "El enano" Telleldín para que prestara una declaración indagatoria en la que acusó de haber recogido la camioneta bomba que él preparó a un grupo de policías bonaerenses. Este dinero provino de fondos de la Side que habrían sido autorizados por autorizados por el entonces jefe de Inteligencia, Hugo Anzorreguy (defendido por el mismísimo Esteban Righi, Procurador
General de la Nación Buenos Aires.
Víctor Stinfale, el abogado de Telleldín declaró que "ya era hora que se liberase a este hombre que nada tiene que ver con el atentado" y explicó que los US$ 400.000 de su cliente ya han sido devueltos al estado y que su defendido está escribiendo un libro.
Galeano además sería juzgado por crímenes como la destrucción de video grabaciones, el no haber preservado las escuchas importantes en cintas que la Side borró, entre otros.
Ginzberg manifestó que esta sentencia es la "consagración de la impunidad" y que apelará la absolución junto a los demás familiares e incluso podría recurrir a instancias internacionales en caso de ser necesario.
"Vamos a denunciar al Estado argentino de encubrir el atentado, de no actuar para evitarlo y de obstruir la investigación judicial", consideró Sergio Burstein, familiar de una víctimas.
# ¿Quiénes son Telleldín y Anzorreguy?
Telleldín se dedicaba a "doblar autos" con vehículos robados. Fue Procesado en primera instancia por los siguientes delitos:
·Como autor penalmente responsable del delito de encubrimiento (arts. 45 y 277 inc, 3° del Código Penal) en razón de su participación en el armado de una camioneta Renault Trafic utilizando para ello una carrocería cuyo origen ilícito debía conocer.
·Como autor penalmente responsable del delito de uso reiterado (cuatro hechos) de Documento Nacional de Identidad adulterado (arts. 45, 55 y 296 en función del 292, segundo párrafo, del Código Penal).
·Como responsable como partícipe necesario de los delitos de homicidio calificado, lesiones y daño, cometidos todos ellos en forma reiterada (86 muertos, 177 lesionados), agravados en función de lo dispuesto por la ley 23.592 (arts. 45, 55, 80 inc. 4°, 89, 90, 91 y 183 del Código Penal), ello en virtud de la participación que le cupo con relación al atentado a la sede de la Asociación Mutual Israelita Argentina, ocurrido el día 18 de julio de 1994.
Ribelli es un ex sub comisario jefe de la Brigada de Lanús. Estaba procesado por considerarlo partícipe necesario de los delitos de homicidio calificado, lesiones y daño en forma reiterada y agravada en función de lo dispuesto en la ley 23.592, los que concurren en forma real con el de privación ilegítima de la libertad en concurso ideal con el de extorsión el 15 de marzo de 1994; en concurso real con el privación ilegítima de la libertad en concurso ideal con el de extorsión el 4 de abril de 1994, en concurso real con el de extorsión el 10 de julio de 1994, en concurso real con el de asociación ilícita en calidad de coautor (arts. 45, 55, 80 inc. 4to., 89, 90, 91, 142 bis inc. 1ro., 168, 183 y 210 del Cód. penal).







