Ley de Alquileres: Principales diferencias entre los 2 dictámenes
El dictamen del Frente de Todos (mayoría) revindica la ley de alquileres actual, al mantener el plazo de 3 años en los contratos, como así también el índice para la actualización de los alquileres en base a una fórmula que combina IPC y RIPTE. Asimismo, otorga más facilidades para los inquilinos en la presentación de garantías.
En el capítulo de incentivos fiscales, propone una reforma en el régimen de monotributo para beneficiar a monotributistas que tengan más de tres unidades de explotación; incorpora al régimen de la Ley de Incentivo a la Construcción los inmuebles que durante 12 años estén destinados al alquiler y “siempre que dichos contratos de locación se encuentren registrados”; y exime del impuesto a los Bienes Personales a aquellas propiedades cuyo valor resulte igual o inferior a 30 millones de pesos, el mínimo no imponible para esa categoría.
Por su parte, el dictamen de minoría vuelve a 2 años el plazo mínimo legal de los contratos. En cuanto al precio del alquiler, deberá “fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual podrán realizarse ajustes con la periodicidad que acuerden las partes, por intervalos de entre 3 y 12 meses”.
Asimismo, agrega que para los ajustes, las partes “deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Índice de Precios Mayoristas (IPM) y/o el Índice de Salarios (IS)” elaborados por el INDEC, “o una combinación de dichos índices, según las partes acuerden”.
En relación a los beneficios fiscales, similares a los del oficialismo, la iniciativa contempla una reforma del régimen de monotributo para que quienes tengan tres unidades de explotación, “en el caso de la actividad de locación de inmuebles, mediante contratos debidamente registrados” se considere como “una sola unidad de explotación independientemente de la cantidad de propiedades afectadas a la misma”.
También exime de Bienes Personales a los inmuebles destinados a alquiler y contempla una modificación al impuesto a los débitos y créditos bancarios -más conocido como impuesto al cheque- para que estén exentas aquellas cajas de ahorro o cuentas corrientes “utilizadas en forma exclusiva para las operaciones inherentes a la actividad de locación de inmuebles con destino casa-habitación, cuyos contratos se encuentren debidamente registrados”.