El Instituto de Previsión Social (IPS) informó las jubilaciones y pensiones de la Provincia de Buenos Aires que se pagarán en marzo entre el día miércoles 30 y el jueves 31, según calendario previsto para este mes.
MARZO
Jubilaciones y pensiones IPS: Cuándo cobro
El Instituto de Previsión Social (IPS) de la provincia informó cómo será el pago de jubilaciones y pensiones de marzo entre el miércoles 30 y el jueves 31
El miércoles 30 de marzo cobraron jubilados y pensionados con DNI terminados en 0, 1, 2 y 3. Los pagos incluyeron las pensiones sociales (no contributivas) con DNI terminados en 0, 1 , 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9;
El Jueves 31 de marzo tendrán ele efectivo disponible jubilaciones y pensiones terminados en 4, 5, 6 ,7, 8 y 9. El instituto recordó que gestiones hacer en caso de necesitar un cambio de lugar de cobro.
Cómo hacer la gestión
La solicitud se inicia toda vez que un beneficiario quiera el cambio de la sucursal bancaria para recibir el pago de su jubilación o pensión. De acuerdo con el domicilio donde resida tendrá que elegir una sucursal. Si es en la provincia de Buenos Aires, sólo podrá cobrar a través del Banco Provincia y si es en el Interior del país solo por el Banco Nación, en este último caso de manera presencial y a través de las líneas de cajas.
En caso que el cambio de banco sea para percibir haberes en el exterior del País, primero hay que abrir una cuenta bancaria a nombre del beneficiario en la entidad del país de residencia y considerar que el pago se realizará a través del Banco de la Provincia de Buenos Aires que determinará y descontará el costo del servicio al momento de transferir los haberes.
Para tener en cuenta
Tanto en el cambio de sucursal bancaria a otra provincia, como en el cambio de sucursal bancaria a otro país, se deberá informar al IPS el nuevo domicilio de residencia, y otra dirección dentro de la provincia de buenos Aires.
Otros requisitos para los no residentes
La Fe de vida de jubilados y pensionados residentes en el exterior del país debe cumplirse personalmente cada 6 meses, ante el Consulado argentino o la autoridad del Estado extranjero donde resida el beneficiario. Caso contrario se suspenderá el pago para luego dar de baja en caso de no regularizar la situación en los próximos tres meses.
¿Cómo acreditar la supervivencia?
Ante los Consulados Argentinos en el exterior
El Consulado dará Fe de Vida, emitiendo un certificado de supervivencia, o por legalización de certificados de supervivencia emitidos por autoridad local (por ejemplo: policía, municipalidad, juez de paz, etc.).
Por su parte el interesado podrá optar por enviarlo a un contacto en la Argentina para que lo legalice en el ministerio de Relaciones Exteriores o en los Colegios de Escribanos en el interior del país para luego presentarlo en cualquiera de las oficinas de atención del IPS
Ante autoridades locales del país de residencia
El beneficiario/a podrá acudir a una oficina de la administración pública local con competencia para certificar supervivencia, un oficial o agente judicial, o un notario público, solicitando se le otorgue un certificado de supervivencia. El certificado deberá ser enviado a la Argentina para presentarse ante el IPS.
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