El Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos ordenó este miércoles (8/1) liberar al exgobernador Sergio Urribarri, quien estaba con prisión preventiva en la Unidad Penal Número 1 de Paraná por su condena a ocho años de prisión por negociaciones incompatibles con la función pública y peculado. La decisión judicial fue porque la sentencia todavía no está firme.
DETENIDO EN PARANÁ
El Supremo Tribunal de Entre Ríos ordenó liberar a Sergio Urribarri, condenado por corrupción
La Justicia de Entre Ríos ordenó este miércoles liberar a Sergio Urribarri, quien está con prisión preventiva, porque la sentencia no está firme.
La medida también alcanza Juan Pablo Aguilera, el cuñado de Urribarri que también fue condenado en la misma causa. De este modo, ambos saldrán del penal paranense al que ingresaron el 19 de noviembre de 2024 por la condena que recibieron en 2022, luego de una larga investigación de la exfiscal Cecilia Goyeneche.
Urribarri y su cuñado fueron detenidos en noviembre luego de que los fiscales entrerrianos Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull solicitaran la prisión preventiva porque entendían que existía riesgo de fuga. La Cámara de Casación de Entre Ríos avaló el pedido de los fiscales.
En cambio, en el fallo del Tribunal que se conoció este miércoles, los vocales Germán Carlomagno y Leonardo Portela entendieron que el riesgo de fuga de los condenados no quedó acreditado. Por su parte, Miguel Giorgio votó en disidencia el cumplimiento efectivo de la prisión preventiva.
"Se dispone hacer lugar al Recurso de Casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, REVOCAR la resolución de fecha 05/09/2024, dictada por el Tribunal de juicio y apelaciones de Paraná, y en consecuencia, disponer la prisión preventiva efectiva de los imputados Sergio D. Urribarri y Juan Pablo Aguilera, hasta que la sentencia condenatoria recaída en autos adquiera firmeza", dicta el comunicado.
"La prisión preventiva es la medida cautelar de coerción personal más severa posible y por ende reviste de carácter excepcional", dijeron desde el Tribunal Superior. Este argumento concuerda con el pedido de la defensa de Urribarri que objetó la detención porque la decisión no fundamentó los motivos del peligro de fuga.
Al momento de su voto, Carlomagno indicó la prisión preventiva que impuso Casación era una medida desproporcionada, tal como había fundado el Tribunal de Juicio. Incluso consideró que esta disposición mejoró la situación de los acusados entre el fallo del Tribunal de Juicio y el de Casación, porque les dio un recurso extraordinario federal para que la Corte Suprema revise la condena.
Además, Carlomagno consideró que Urribarri, quien se desempeñaba como embajador en Israel del Gobierno de Alberto Fernández, regresó al país luego de ser condenado “y se radicó en la ciudad de Concordia, donde posee su núcleo familiar, incluso fue habido sin dificultades al llevarse a cabo la detención dispuesta por la resolución hoy recurrida. Ello habla a las claras de la inexistencia del riesgo de fuga invocado”.
Por su lado, Portela aseguró que “A esta altura resulta evidente que los argumentos brindados por Fiscalía para sostener su pedido y de la Cámara de Casación para resolver no superan el umbral de la mera hipótesis y, como tales, no conforman argumentos sólidos jurídicamente hablando”.
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