DINERO impuesto PAIS > importaciones > Gasoducto Néstor Kirchner

IMPORTACIONES

Cuestión de prioridades: Eximen del impuesto PAIS para el GNK

Energía eximió del pago del impuesto PAIS a mercaderías específicas para proyectos de envergadura como el GNK, destinado a transportar gas de Vaca Muerta.

Las empresas del sector petrolero venían advirtiendo al Gobierno que las nuevas medidas para importaciones que viene tomando para encarecer el acceso a los dólares oficiales ponía en riesgo el crecimiento de su producción y solicitaban la eximición del impuesto PAIS para la actividad.

Cabe recordar que con la aplicación del Impuesto País se implementó un encarecimiento de las importaciones. Se les recargó una nueva alícuota del 25%, mientras que para los fletes y bienes se fijó otra del 7,5%, y la industria del petróleo y el gas es un sector muy dependiente de insumos provenientes del exterior.

En ese marco, es que desde la Secretaría de Energía eximieron de la decisión de gravar con el impuesto País la compra de divisas con destino a la importación de bienes y servicios, a combustible y energía y a las mercaderías destinadas a la construcción y puesta en marcha del Gasoducto Néstor Kirchner.

Lo hizo a través de la Resolución 671/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, que precisó que el pago del impuesto País para la compra de divisas no resultará de aplicación a la importación de hulla bituminosa (carbón), fuel oil, gas natural licuado y en estado gaseoso, y energía eléctrica.

aviso_291987.pdf

La Resolución 671/2023 precisa que el pago del impuesto País para la compra de divisas no resultará de aplicación a la compra de divisas para la importación de bienes y servicios, a combustible y energía y a las mercaderías destinadas a la construcción y puesta en marcha del Gasoducto Néstor Kirchner.

Lo mismo se determinó para las mercaderías destinadas a la construcción y puesta en marcha del Gasoducto Néstor Kirchner, para la reversión del Gasoducto Norte y conexas, y a las obras integrantes del Programa Sistema de Gasoductos Transport.Ar Producción Nacional.

La normativa destaca que "las obras encaradas en ese marco por el Estado nacional, implican una inversión de máxima relevancia para la Argentina, y su avance y posterior finalización redundarán en un beneficio que, entre otros aspectos, evitará la importación de combustibles sustitutivos cuyo costo erosiona las finanzas públicas".

Asimismo, precisa que, "a los fines de gozar de la excepción, el interesado deberá presentar ante la Dirección General de Aduanas, y en oportunidad de acceder al Mercado Libre de Cambios (MLC), ante la entidad autorizada por el Banco Central a operar en éste, una declaración jurada".

Economía definió el 24 de julio último la ampliación del Impuesto País a la compra de divisas con destino a la importación de bienes y servicios, a través del decreto 377/2023 Economía definió el 24 de julio último la ampliación del Impuesto País a la compra de divisas con destino a la importación de bienes y servicios, a través del decreto 377/2023

Al día siguiente, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó ese decreto a través de la Resolución General 5393/2023, que oficializó la ampliación del impuesto, con una tasa del 25%, en el caso de que se compren divisas para importar todo tipo de servicios, con excepción de las operaciones que involucren a fletes (que serán gravadas con un impuesto del 7,5%), conciertos (mantienen el 30%); y salud y educación, que quedan exentos de todo tributo.

En lo que respecta a los bienes, la tasa para la compra de divisas con ese destino es del 7,5% para todos los productos, con excepción de los suntuarios (con tasa del 30%); combustibles, lubricantes, bienes vinculados con la generación de energía, productos e insumos intermedios relacionados con la Canasta Básica Alimentaria (CBA); y medicamentos y equipos para combatir incendios que seguirán exentos.

La AFIP precisó asimismo que no se grava la importación de los bienes y servicios sino la compra de billetes para hacer esa operación, ya que quien tenga dólares propios podrá utilizarlos sin pagar este impuesto La AFIP precisó asimismo que no se grava la importación de los bienes y servicios sino la compra de billetes para hacer esa operación, ya que quien tenga dólares propios podrá utilizarlos sin pagar este impuesto

Más noticias de Urgente24

Ganancias: Es oficial el aumento del mínimo no imponible

Polémica suma fija: UIA y pymes unidos y CGT con Larreta

Viernes complicado con alerta amarilla en 7 provincias

"¿Hay elecciones?": Muertos, misterio y "tufillo a Servicios"

Murió Facundo Molares y hay videos fuertes en redes