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RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

Vicentín recibió un revés de la Corte Suprema de Santa Fe

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe admitió este martes el recurso de queja de Commodities SA contra la homologación del acuerdo preventivo de Vicentín.

Santa Fe. La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe admitió este martes (22/10) el recurso de queja de Commodities SA contra la homologación del acuerdo preventivo de la empresa Vicentín SAIC. El Tribunal evaluará la resolución de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Reconquista, la cual fue rechazada por distintos acreedores.

Commodities SA había argumentado que el acuerdo propuesto por Vicentín, que debe más de 1.500 millones de dólares, no cumple con el principio de igualdad entre acreedores. La compañía impugnante argumentó que la cerealera ofreció un primer pago igualitario de 30.000 dólares a todos los acreedores quirografarios (que pueden justificar el crédito con un documento), independientemente del monto total de sus créditos.

De este modo, el ofrecimiento de Vicentín favorece a unos acreedores en perjuicio de otros, lo que representa una violación al principio de “par conditio creditorum”, pilar fundamental de la ley concursal. Commodities también advirtió que las mayorías exigidas por la normativa concursal se alcanzaron de manera fraudulenta, porque se agrupó a todos los acreedores quirografarios en una sola categoría, sin distinguirlos por el monto de los créditos.

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El complejo industrial de Vicentín está ubicado en Avellaneda, Santa Fe.

El complejo industrial de Vicentín está ubicado en Avellaneda, Santa Fe.

La decisión recibió el voto mayoritario de Rafael Gutiérrez, Daniel Erbetta, Roberto Falistocco y Eduardo Spuler, quienes le concedieron el recurso de inconstitucionalidad a Commodities SA, por lo que el acuerdo debe ser evaluado en mayor detalle. Los jueces reconocieron que el régimen concursal debe respetar el principio de igualdad entre los acreedores, y que la acreedora fundamentó su recurso con evidencia documental para abrir la instancia de revisión.

Por su parte, la jueza María Angélica Gastaldi votó de forma negativa porque consideró que las alegaciones de Commodities SA no superaban el ámbito de una mera disconformidad con la decisión de la Cámara de Apelaciones. Según su criterio, la cuestión central del caso (la homologación de un acuerdo preventivo) era una materia de derecho común que escapa al control constitucional.

Ahora la Corte Suprema deberá estudiará el caso para decidir si se abre el proceso de salvataje o cramdown que había dispuesto el juez de Reconquista, Fabián Lorenzini, o se homologa el acuerdo de pago que presentó Vicentín. Mientras tanto, el conglomerado industrial tiene que continuar con los compromisos asumidos, en la medida en que no se dicten medidas cautelares que suspendan su aplicación.

Gustavo Feldman, abogado de un grupo de acreedores de Vicentín, consideró que con la resolución de este martes, "la Corte, al hacer lugar a la queja, ha frenado la entrega a manos indebidas de una de las pocas empresas con una actividad estratégica. Revisará un fallo vergonzoso de la Cámara de Apelaciones de Reconquista y permitirá rescatar de una sarta de malandras lo que queda de Vicentín",

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Vicentín está en concurso de acreedores desde 2020.

Vicentín está en concurso de acreedores desde 2020.

La batalla judicial por Vicentín

El grupo agro exportador Vicentín, ubicado en la localidad de Avellaneda, está en el marco de un concurso de acreedores desde febrero de 2020 por sus millonarias deudas en dólares. En ese contexto, presentó una homologación de propuesta de pago a sus acreedores, que fue rechazado en septiembre de 2023 por el juez Lorenzini, tras considerar que ese plan distribuye “en forma desigual” el esfuerzo derivado de la reestructuración del pasivo concursal.

La empresa apeló el fallo y la Cámara de Apelaciones de Reconquista, mediante la resolución número 75 de marzo de 2024, homologó el acuerdo. Commodities SA, uno de los acreedores principales, presentó una queja ante la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, donde argumentó que la resolución era arbitraria, inconstitucional y contraria a los principios de igualdad entre acreedores, conocidos como “par conditio creditorum”.

Los escenarios que podría enfrentar Vicentín

De acuerdo a lo que la Corte Suprema de Santa Fe decida, el proceso judicial podría derivar en:

Revisión del Acuerdo Preventivo. La Corte Suprema de Justicia podría decidir revisar el acuerdo preventivo en su totalidad, y evaluar si la propuesta de Vicentin respeta los principios de equidad entre los acreedores. En caso de que se declare inconstitucional, el acuerdo sería anulado y la empresa tendrá que proponer un nuevo plan de pagos.

Reapertura del Período de Concurrencia. Commodities SA argumentó que el Tribunal superior debió abrir un período de concurrencia (cramdown), en el cual terceros interesados podrían presentar ofertas para adquirir el capital social de Vicentin y sugerir soluciones más beneficiosas para los acreedores. Si la Corte ordena la reapertura de este proceso, nuevos actores del mercado podrán presentar propuestas alternativas.

Quiebra. Si el acuerdo preventivo es declarado inconstitucional y no se alcance una nueva propuesta aceptable para los acreedores, Vicentin podría enfrentar un escenario de quiebra. En este punto, la empresa tendrá que liquidar sus activos y repartirlos entre los acreedores, lo que podría resultar en un menor pago para muchos de ellos comparado con el acuerdo actual.

Impacto en el Ámbito Penal. La resolución de la Corte Suprema podría influir en la coordinación entre el fuero comercial y el penal, porque Vicentín argumentó que la continuidad del acuerdo depende del levantamiento de esas medidas. Si las restricciones no se eliminan, la capacidad de la empresa para cumplir con sus compromisos financieros podría verse seriamente comprometida.

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