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AVERIGUACIÓN DE ANTECEDENTES

La Justicia de Rosario le puso un freno a las detenciones arbitrarias de Pullaro

En Rosario, la Justicia falló en contra de Maximiliano Pullaro por las detenciones que realiza la Policía contra personas que no tienen el documento.

Santa Fe. La Justicia de Rosario falló en contra del gobernador Maximiliano Pullaro por las detenciones que realiza la Policía contra personas que no tienen el documento al momento de una requisa espontánea en la vía pública. Las aprehensiones, realizadas para averiguar antecedentes, quedaron habilitadas con la reposición de un artículo de la ley orgánica policial de Santa Fe.

Gustavo Salvador fue el camarista penal de Rosario que dictó la resolución, que no puede "entenderse que la no portación de la documentación que acredite la identidad de una persona (DNI) ante el requerimiento de la autoridad policial resulta una causal que habilite la demora de la misma". Su dictamen fue la respuesta a un hábeas corpus presentado por el defensor público Martín Riccardi.

La investigación inició cuando Riccardi recibió una denuncia judicial en el Servicio de Defensa Pública de Rosario por las detenciones que realiza la Policía. Los defensores determinaron que en la ciudad se realizaron 876 arrestos entre julio y la primera semana de agosto, de las cuales la mayoría correspondía personas en situación de calle que no tenían DNI y en 385 casos los policías no informaron el motivo del arresto.

En abril de 2024, la Legislatura de Santa Fe aprobó modificaciones al Código Procesal Penal, que entre otras modificaciones restituyó un artículo de la ley que desde 1975 y hasta 1997 le adjudicó a la Policía la facultad de detener a toda persona de la cual sea necesario conocer sus antecedentes en circunstancias que lo justifiquen, "o cuando se nieguen a identificarse".

Desde este modo, desde que Pullaro asumió como gobernador, volvieron los procedimientos de control policial en la calle, especialmente de vehículos y personas. Los operativos de identificación de personas se realizan especialmente en la noche y buscaron devolverle la seguridad a la ciudad de Rosario, que se encontraba en una gran crisis de violencia. Para la provincia, la ausencia del documento es sinónimo de resistencia a la autoridad.

Además, en el planteo, la Defensa Pública expuso que de las cuatro mil detenciones que hubo entre julio y agosto, solamente una persona tenía un pedido de captura activo, lo que desbarata la idea de que es una política eficaz para la seguridad urbana. Por eso, Riccardi denunció que las detenciones se realizan con un criterio selectivo que refuerza patrones discriminatorios, sobre personas en estado de vulnerabilidad y por portación de cara.

Aunque los arrestos para averiguación de antecedentes están amparados por la ley santafesina, pero Salvador entendió que para detener en estas condiciones tiene que haber indicios o sospechas ciertas de la comisión de un delito. Para el camarista no se puede considerar un acto de resistencia si una persona no tiene el documento, porque la no portación no es motivo suficiente para resistir la identificación.

Por último, Salvador rechazó otros dos planteos de la Defensa Pública. El funcionario dijo que el hábeas corpus no era la vía idónea para tramitar el pedido que hace la defensa. Además, el camarista rechazó declarar inconstitucional el artículo de la polémica para no interferir con una decisión legislativa impulsada, ya que esta ley fue aprobada en mayoría por el Congreso de Santa Fe.

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