CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Perdió Luis Juez: La Justicia rechazó su pedido de amparo
El Juez, Pablo Cayssials, afirma que el rechazo al pedido del senador "se impone", por "exceder el marco de conocimiento del Poder Judicial de la Nación".
Pablo Cayssials dio curso al planteo y pidió informes a la Cámara alta, pero finalmente consideró que debía rechazarlo para no incurrir en una intromisión de poderes, según publica el sitio de noticias La Nación al tener acceso al fallo judicial
“Admitir el planteo de los amparistas implicaría adentrarse respecto de la valoración de la “temporaneidad” o de la subjetividad de la partición del Bloque “Frente de Todos”, todo lo cual conllevaría inexorablemente a la judicialización de las decisiones de otros poderes, poniéndose en riesgo -en palabras del Máximo Tribunal– el ejercicio de las funciones que la Constitución le asigna a cada uno de ellos”, dijo el juez que entiende en el caso
“No puede más que concluirse que el rechazo de la demanda se impone por exceder el marco de conocimiento del Poder Judicial de la Nación”, agregó.
Antes del rechazo
Los senadores Juez y Schiavoni presentaron el amparo contra la decisión de la vicepresidenta Cristina Kirchner de partir el bloque oficialista en el Senado y designar a Martín Doñate para ocupar una silla en el Consejo de la Magistratura y a Guillermo Snopek como suplente.
Ambos plantearon que, en representación del Senado, Cristina Kirchner estaba incumpliendo con un fallo de la Corte y agregaron que de no revertirse la decisión se produciría un “palmario desequilibrio dentro del estamento de consejeros senadores, lo que resulta manifiestamente reñido con la ley suprema y con el fallo de la Corte”.
Pidieron que se declarara la nulidad de la designación por ser inconstitucional
Habían señalado, también, que la división del bloque de senadores nacionales del Frente de Todos resultaba “artificial y manifiestamente fraudulenta”, por lo que no podía ser considerada válida.
Ni Doñate ni la diputada radical Roxana Reyes juraron todavía como nuevos consejeros, ya que la Corte Suprema no definió una fecha para que lo hicieran.
Argumentos de fondo
Al momento de fundamentar la decisión, el magistrado señaló que el fiscal que intervino consideró que "no se configura (en el expediente) un supuesto en que pueda ceder la regla establecida por la Corte Suprema sobre el control judicial de las facultades privativas del Congreso".
ya que lo que se puso en discusión no fue algo violatorio de las atribuciones concedidas por la Constitución Nacional, sino que el PRO "objeta la actuación de la Presidencia de la Cámara".
El juez en lo contencioso administrativo, entendió que el planteo "implicaría adentrarse respecto de la valoración de la 'temporaneidad' o de la subjetividad de la partición del Bloque 'Frente de Todos', todo lo cual conllevaría inexorablemente a la judicialización de las decisiones de otros poderes".
Agregó que hacer lugar al amparo "pondría en riesgo en palabras del Máximo Tribunal el ejercicio de las funciones que la Constitución le asigna a cada uno de ellos. Por tal motivo, concluyó que los jueces no pueden opinar sobre el modo en que aquellos ejercitan sus facultades".
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