La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó este lunes que Cristina Kirchner, su hijo y diputado nacional Máximo Kirchner y otra treintena de acusados deben ir a juicio oral y público en la causa “Los Sauces-Hotesur”, en la que se investiga lavado dinero y asociación ilícita por el alquiler de hoteles y propiedades de la familia presidencial a empresarios, a cambio de negocios con el Estado.
LAVADO DE DINERO
La Corte Suprema confirmó que CFK debe ir a juicio oral por la causa Hotesur
La Corte Suprema rechazó las apelaciones contra el fallo de Casación que anuló los sobreseimiento de la exPresidente y de su hijo Máximo Kirchner.
El máximo tribunal rechazó las apelaciones de las defensas y así dejó firme el fallo de la Cámara Federal de Casación, que había revocado los sobreseimientos de los imputados y ordenado que se haga el juicio oral y público.
De esta forma, la exPresidente suma un 3er proceso en su contra, luego de que se confirmara que también debe sentarse en el banquillo de los acusados por el memorándum firmado con Irán por el atentado a la AMIA y la causa de los cuadernos, que reveló un sistema de pago de coimas. CFK ya cuenta con una condena a 6 años de prisión, ratificada por Casación, por defraudación al Estado mediante el reparto discrecional de obra pública.
“No se ha demostrado un supuesto de gravedad institucional —con la precisión y concreción que es dable exigir en este tipo de alegaciones— a fin de sortear la ausencia de una decisión definitiva o equiparable a tal. De tal modo, también respecto de este planteo el recurso carece de la fundamentación autónoma exigida por el art. 15 de la ley 48. Como tiene dicho este Tribunal, si se invoca gravedad institucional el interesado tiene una particular carga de justificación. Dicha carga no se ha satisfecho en el caso, en tanto el planteo no se basa en un serio y concreto razonamiento que demuestre la concurrencia de aquella circunstancia. Así, no basta afirmar genéricamente que acude en la especie un caso de gravedad institucional en tanto ‘este proceso excede el interés individual de las personas que representamos y se proyecta sobre ámbitos de discusión pública’”, dice el voto de la mayoría conformada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, en una de sus últimas acordadas antes de su jubilación, a fin de mes.
“Tampoco surge mínimamente fundada la alegada afectación al derecho a ser juzgados en un plazo razonable, de modo tal que permita equiparar lo resuelto a una sentencia definitiva”,agregaron. La mayoría también descartó que se hubiese demostrado la violación de la garantía del juez natural.
Por otro lado, dijeron que no corresponde aplicar el argumento de la omisión de aplicar la ley penal mas benigna, “ya que depende de cuestiones de hecho, prueba y derecho común que sólo pueden quedar determinadas de modo definitivo con posterioridad al juicio oral y público”.
Ricardo Lorenzetti también falló en contra de CFK, pero con un único argumento. En su voto concurrente que "el recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable".
El caso Hotesur y Los Sauces está conectado con la causa Vialidad, por la que CFK fue condenada. La hipótesis es que como contraprestación por haber recibido millonarios contratos de obra pública, Lázaro Báez transfirió al patrimonio de los Kirchner millones de pesos justificados como contratos de alquiler de habitaciones de sus hoteles de El Calafate. Y en paralelo, el empresario Cristóbal López, que obtuvo otros beneficios del kirchnerismo, transfirió dinero a los Kirchner como pago por el alquiler de departamentos.
En esta causa por lavado de dinero, los jueces Daniel Obligado y Adrián Grumberg sobreseyeron a Cristina Kirchner, a su hijo Máximo, y a los empresarios, sin realizar el juicio oral y público. Plantearon que era evidente que no había delito en la conducta de los Kirchner, con la disidencia de la tercer jueza del tribunal Adriana Palliotti.
El fiscal Diego Velasco apeló el fallo de Obligado y Grumberg y el caso llegó a la Cámara de Casación donde los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone revocaron el 18 /12 del año pasado esa sentencia y mandaron a hacer el juicio oral.
Barroetaveña y Petrone sostuvieron que Obligado y Grunberg no esgrimieron ninguna “prueba nueva” que justificara la decisión de cerrar la causa sin ir a juicio.
Florencia Kirchner, que figuraba como integrante de las sociedades, fue sacada por Petrone y Barroetaveña de la lista de acusados al entender que no tenía poder de decisión.
Contra ese fallo de Casación es que Cristina Kirchner fue a la Corte con un recurso extraordinario rechazado y luego una queja que llegó al máximo tribunal al finalizar 2023, lo que se resolvió con la acordada publicada este lunes.
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