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VELOZ REACCIÓN DE PILAR

Federico Achával logra importante fallo contra resolución de Javier Milei

Oportuna la reacción del intendente Federico Achával en defensa de la tesorería del municipio de Pilar, y logró la suspensión de resolución de Javier Milei.

Con sentido práctico, no ideológico, el intendente de Pilar, Federico Achával, logró un fallo muy importante de parte del juez federal de Campana, Adrián González Charvay, acerca de una resolución de Javier Milei que impactaría de forma negativa en las cuentas del municipio, anticipó el periodista Martín Angulo en el programa de Fabián Doman (A24).

También los posteó:

"El juez federal de Campana, Adrian González Charvay, suspendió la resolución del gobierno de Milei que impide a los municipios cobrar tasas en las facturas de servicios. Lo hizo a pedido del Municipio de Pilar -el fallo solo aplica allí- hasta que se resuelva la causa."

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El paso siguiente consiste en que, ya suspendida la medida para Pilar, el magistrado cite al Estado federal para su descargo pertinente, y luego dará a conocer su resolución sobre la cuestión de fondo.

Es posible que por estas horas decenas de intendentes bonaerenses estén solicitando copia del expediente.

Antecedentes

El 11/09 fue publicado en el Boletín Oficial la resolución 267/2024 que impide a las provincias y municipios incluir en las boletas de los servicios públicos tasas y recargos, como una herramienta contra los reajustes impositivos a nivel municipal denunciado en supermercados.

El texto: “La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor”.

En su considerando, el Gobierno de Javier Milei dijo que, “con el transcurso del tiempo se ha ido transformando en una práctica generalizada, para una gran cantidad de proveedores en el mercado, la inclusión y facturación, dentro de la documentación comercial emitida a los consumidores por el suministro de bienes y servicios, conceptos ajenos a aquellos contratados por el consumidor”.

La normativa aclara que “no pueden contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable”.

En consecuencia, “el incumplimiento será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto”, y la medida comenzará a regir dentro de los 30 días siguientes a su publicación en el Boletín Oficial.

La cuestión recobró vigencia a partir del anuncio del intendente de Lanús, Julián Álvarez (Unión por la Patria), de que subiría la Tasa de Seguridad e Higiene (TSH) a 3 cadenas de hipermercados para ofrecerle exenciones o reducciones de alícuotas a más de 500 almacenes barriales.

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