Con varios años de experiencia acumulada y con el cepo cambiario aún vigente, los argentinos ya saben que, al comprar dólares o realizar compras en el exterior, el precio final siempre será mayor que la cotización oficial. Pero, ¿es así siempre?
EXCEPCIONES
Dólares sin cepo: Qué compras podés hacer que no estén alcanzadas por impuestos
A pesar de las restricciones del cepo, existen algunas excepciones. Aunque pocas, hay compras en dólares que aún pueden pagarse en pesos al valor oficial.
En general, al pagar con tarjeta en moneda extranjera, lo usual es que el banco aplique dos recargos adicionales al valor oficial, que hoy ronda los $980 por dólar. Estos recargos incluyen un 30% correspondiente al "impuesto PAIS" y otro 30% en concepto de adelanto del Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales. Como resultado, el costo total supera los $1.560 por dólar. Por otro lado, en mercados como el dólar MEP o el dólar blue, el costo de obtener la divisa estadounidense es superior a $1.200 por unidad.
A pesar de las restricciones del cepo, existen algunas excepciones. Aunque pocas, hay compras en dólares que aún pueden pagarse en pesos al valor oficial sin la aplicación de estos recargos.
Compras con tarjeta en el exterior: casos en los que se aplica el dólar oficial sin recargos
La norma general indica que, al utilizar una tarjeta de crédito o débito en comercios y plataformas internacionales, o al pagar en pesos por servicios turísticos en el extranjero (como alojamiento o pasajes), los gastos en moneda extranjera se convierten a pesos según la cotización oficial más los recargos mencionados: el 30% del "impuesto PAIS" y el 30% a cuenta de Ganancias o Bienes Personales.
Sin embargo, existen ciertos gastos en el exterior que, de acuerdo con las normas actuales, no están sujetos a estos recargos. Entre estos gastos excepcionales se encuentran:
- Servicios de salud.
- Compra de medicamentos.
- Compra de libros, sin importar el formato.
- Uso de plataformas educativas y software con fines educativos.
- Compra de pasajes de transporte terrestre con destino a países limítrofes.
- Gastos relacionados con proyectos de investigación del Estado o universidades.
Estos rubros fueron excluidos del "impuesto PAIS" y tampoco están sujetos a la percepción del 30%. Por lo tanto, al realizar este tipo de gastos, el banco debería cobrar únicamente la cotización oficial, sin agregar recargos adicionales.
Dólares: Problemas con la aplicación de los recargos
Uno de los inconvenientes comunes es que, a pesar de las excepciones, los bancos suelen aplicar los recargos de todos modos, ya que sus sistemas no siempre pueden identificar automáticamente si un gasto está exento o no. Por ejemplo, si una persona realiza una compra en una farmacia en Brasil o Estados Unidos, el banco no puede saber de inmediato si el cliente compró un medicamento (exento) o un desodorante (no exento). De manera similar, si un cliente adquiere un libro en un hipermercado, es probable que se aplique el recargo, aunque debería estar exento.
En estos casos, el consumidor tiene la opción de reclamar la devolución de los montos adicionales presentando los comprobantes correspondientes, como tickets, facturas o pasajes. La AFIP aclara que “cuando no corresponda la percepción practicada, se podrá solicitar la devolución del impuesto ante el agente de percepción, adjuntando las pruebas que justifiquen la solicitud”.
El dólar "free shop": una oportunidad para viajeros
Los free shops, ubicados en aeropuertos internacionales como Ezeiza y otros puntos del país, ofrecen una opción atractiva para quienes viajan al exterior. En estas tiendas libres de impuestos, los precios de productos exclusivos (como perfumes, tecnología, chocolates y bebidas alcohólicas) pueden pagarse en pesos convirtiendo los precios en dólares al tipo de cambio oficial.
Además, en estos comercios no se aplican los dos recargos del 30%, lo que representa una oportunidad única para los viajeros de acceder a productos de lujo a precios más competitivos, tanto con tarjetas de crédito o débito como en efectivo.
No obstante, las compras realizadas en los free shops pueden estar sujetas a un impuesto aduanero del 50%. Este impuesto se aplica solo si el monto gastado supera la franquicia asignada al pasajero, o a todo el grupo familiar en conjunto. Actualmente, la franquicia para compras realizadas en free shops al regresar al país por avión o barco es de US$ 500 por persona. En cambio, si el ingreso se realiza por vía terrestre o fluvial, no se aplica esta franquicia, salvo en Puerto Iguazú.
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