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Chau a impuestos y tasas municipales: Tras cortar con el curro, cómo quedan las boletas de luz y gas

La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y anunció que, los municipios no podrán incluir impuestos y tasas en las facturas de servicios.

El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció que, en adelante, los municipios no podrán incluir impuestos y tasas en las facturas de servicios que envían a los usuarios. Fuentes oficiales explicaron que “a partir de 30 días desde mañana, no pueden haber cargos de tasas en las facturas de servicios”.

“Ante reiteradas denuncias públicas sobre municipios que incluyen tasas locales en la facturación de servicios esenciales tales como la luz y el gas, la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía dispuso, a través de la Resolución 2024-267 que saldrá mañana (11/09) en el Boletín Oficial, que las facturas de servicios esenciales deben contener de forma única y exclusiva la descripción y el precio correspondiente al servicio contratado por el consumidor, quedando prohibido incluir cargos ajenos a la naturaleza del servicio”, aseguró Caputo en un mensaje en su cuenta de X.

En el caso de la municipalidad de La Plata, afecta a la tasa de alumbrado público incluida en la factura de Edelap. Medida que impactaría negativamente en la recaudación de esta tasa por parte de la comuna local. La tasa se incluyó en la factura de luz desde 1988 cuando en ese momento la empresa eléctrica era la estatal Segba, luego privatizada.

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En el caso de Camuzzi aparece en las boletas el concepto de "Tasas Mun. Desagregadas".

La medida es oficial y ya está publicada en el Boletín Oficial

La medida anunciada por Caputo fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial mediante la resolución 2024-267 de la Secretaría de Comercio, que dirige Pablo Lavigne. En su artículo primero dicta: “La información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, conforme las denomina el Artículo 3° de la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable”.

Más adelante la resolución considera que las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios “deberán colocar en toda facturación que se extienda al usuario su derecho a reclamar una indemnización si le son facturadas sumas o conceptos indebidos”. Y agrega: “Los consumidores de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información fehaciente y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno”.

Tasas e impuestos municipales: La advertencia de los empresarios

Desde agosto, comenzaron los reclamos de diversas cámaras empresariales por los aumentos de las tasas municipales, que vienen incluidas en las boletas de los servicios públicos.

El vicepresidente de Cadam, la entidad que reúne a los comercios maristas, Armando Farina, advirtió que en el último tiempo Lanús subió la tasa de seguridad e higiene del 2,36% al 6%, al igual que Quilmes, mientras que otras localidades lo están evaluando.

“Malvinas Argentinas cobra un 1,2%, cuando era el 0,6%, y encima lo hizo retroactivo a enero pasado. Pero no se trata solo de la suba, sino que esto lo pagan el mayorista y el minorista e impacta en los precios”, explicó Farina.

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Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), advirtieron que “ a nivel local, lamentablemente, se van fortaleciendo las tasas municipales y a los vecinos se les va encareciendo la producción y haciendo más gravoso mantener las empresas”.

El propio Caputo ilustra su posteo en X con una factura del Partido de la Costa donde se incluyen tasas municipales como Obras Sanitarias, la Tasa de Seguridad e Higiene, la cuota de Bomberos, un pago a la Asociación Cooperadora del Hospital de Mar de Ajó y otros.

Santiago Migone, funcionario de la Secretaría de Industria y Comercio, aseguró que “la resolución abarcará, además, a los impuestos provinciales no relacionados con el servicio”

Un precedente que incluye reclamos

El conflicto por la suba de tasas municipales en distintas intendencias no es nuevo, y hay sectores puntuales como supermercadistas, bancos y representantes del mundo hotelero, entre otros, data ya de varios años, aunque volvió a estar en la discusión pública en los últimos días y el Gobierno nacional reaccionó con reclamos públicos y, ahora, con una medida puntual.

La cuestión recobró vigencia a partir del anuncio del intendente de Lanús, Julián Álvarez (camporista), de que subiría la Tasa de Seguridad e Higiene (TSH) a tres cadenas de hipermercados para ofrecerle exenciones o reducciones de alícuotas a más de 500 almacenes barriales.

A partir de septiembre, Lanús subió la TSH de 2,36% a 6% y generó una catarata de cuestionamientos no sólo de parte de los afectados, en este caso los supermercadistas, sino también del Gobierno Nacional, que ya venía estudiando el tema y analiza distintas estrategias.

El ministerio de Economía aclaró que “las tasas tienen que tener, según la Corte, una relación directa con un servicio efectivamente prestado; y el monto, como es obvio, tiene que guardar razonable proporción con el costo de ese servicio”.

Otro tema polémico es el impuesto municipal que se cobra en varios distritos al combustible.

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