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SOBRE FALLO CSJN

CSJN resbalando: El problema no era Cristóbal López sino la AFIP

Elusión no es evasión, y la elusión no es un delito: en el caso Cristóbal López, la CSJN está en terreno pantanoso respecto de sentencias futuras.

La causa Cristóbal López / OIL, que promovió Mauricio Macri, tiene dificultades evidentes de interpretación. La CSJN difundió un texto y hay interpretaciones diferentes. El macrista diario La Nación tituló: "La Corte anuló la absolución de Cristóbal López y Fabián De Sousa en un caso de fraude al Estado por $8000 millones". Y Ámbito Financiero, diario de Fabián De Souza, el socio de López, tituló "La Corte Suprema ordenó volver a revisar las absoluciones en el caso Oil Combustibles." ¿Y entonces cómo se interpreta? Para Urgente24 el tema siempre fue el rol de la AFIP en todo esto.

Ahora, la CSJN ordenó dictar un nuevo fallo de Casación en el marco de la causa Oil Combustibles que ya lleva más de 8 años abierta. El tribunal se remitió al recurso de queja del Procurador General interino, Eduardo Casal, y dispuso revisar las absoluciones de los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa, dispuestas por el Tribunal Oral Federal N°3 luego de un juicio que duró 2 años, y ratificadas por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, en octubre 2023.

Terreno pantanoso para una CSJN muy interesada en las repercusiones en opinión pública y lo 'políticamente correcto'. Cuidado, eso no siempre equivale a aplicar Justicia.

El expediente regresa a la Sala I de Casación para un nuevo pronunciamiento. La CSJN rescató el expediente por el “incumplimiento parcial” de la Acordada 4/2007 por parte del Ministerio Público, que fija los requisitos formales de admisibilidad de este tipo de recursos.

Cristóbal López / Fabián De Souza

Un par de conceptos de Ámbito Financiero son interesantes:

  • "(...) la Corte eligió dejar afuera uno de los razonamientos esgrimidos por Casal y dispuso: “Se hace lugar parcialmente a la queja, se declara en esa medida procedente el recurso extraordinario y, con el alcance señalado, se deja sin efecto la sentencia apelada”. Es decir, dejó sin efecto la confirmación de las absoluciones que los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña consideraron el 23 de octubre de 2023. En síntesis, la Corte dijo que los argumentos de la fiscalía fueron analizados de forma fragmentada y que no recibieron respuesta sus agravios planteados en su apelación.
  • (...) La sentencia de hoy –casi un debut de la flamante secretaría penal que recibió el expediente Oil hace dos meses y 20 días– instruye, por un lado, una revisión de las absoluciones en los parámetros objetados por el Ministerio Público, pero específicamente menciona que está excluida la conclusión de que se deben tomar argumentos que corresponden a otras causas penales que nada tuvieron que ver con el juicio por planes de pagos especiales de la AFIP por el impuesto a la Transferencia de Combustibles (ITC). Es como si la Corte –muy sutilmente– marcara una diferencia con respecto al análisis que siempre se pretendió imponer desde la fiscalía de tomar retazos de investigaciones penales para intentar probar unas con otras."

Para Urgente24, la causa judicial es bastante sencilla: la elusión no es delito y la evasión sí. ¿Cometieron evasión Cristóbal López y Fabián De Souza? No. Sí cometieron elusión. Si ellos podían acceder en tiempo y forma -¿o antes?- a las decisiones de AFIP, que les permitía refinanciar y refinanciar y refinanciar, es bastante torpe todo lo que se ha acumulado al respecto hasta el presente.

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