La tendencia al ausentismo en las últimas elecciones y la baja concurrencia en los comicios provinciales encendieron la alerta de cara a los comicios nacionales, y la multa por no ir a votar más que sumar, resta: está congelada y quedó en un cifra irrisoria.
ELECCIONES 2023
Ausentismo: La multa por no ir a votar es casi ridícula
El ausentismo en las últimas elecciones y la baja concurrencia en las provinciales encendieron la alerta de cara a las elecciones, pero no hubo efecto sobre la multa, congelada en una cifra irrisoria.
Hoy, no votar en las PASO del 13 de agosto costará 50 pesos, poco más que 3 caramelos...
Es que el valor de la sanción es el mismo desde 2013 y, por ahora, no se prevé una actualización. De esta manera, la herramienta que puede funcionar para traccionar sufragios está totalmente devaluada y el monto resulta irrisorio para el bolsillo del electorado.
Según establece el artículo 125 de la Constitución Nacional, "se impondrá una multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no justifique su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección". La sanción aumenta a medida que se acumulan los faltazos.
Si el elector tiene una infracción previa sin regularizar, deberá pagar $100;
Con dos infracciones previas irregularizadas, $200;
Con tres infracciones previas sin regularizar, $400;
Con cuatro o más infracciones previas sin regularizar, $500.
Si a esas cifras se le calcula la inflación acumulada desde 2013 de 4.335,52%, y se actualizara por ese índice, la sanción mínima debería costar, para los próximos comicios, $2.215,01 y la máxima, $22.150,13.
En tanto, no pagar la sanción también tiene sus consecuencias, pero tampoco se perciben en el imaginario popular como una traba suficiente para evitar el ausentismo.
No ir a votar no impide viajar al exterior ni comprar dólares, como circula a voces: según el Código Nacional Electoral, el infractor "no podrá realizar gestiones o trámites durante un (1) año ante los organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales". "Este plazo comenzará a correr a partir del vencimiento de sesenta (60) días establecido en el primer párrafo del artículo 125", aclara el texto, que, en los hechos, no se aplica.
La jueza federal con competencia electoral María Servini firmó una resolución en la que recuerda la obligatoriedad de votar en las PASO y enumera las sanciones que se deben aplicar a las personas infractoras, las mismas que están inscriptas en el Código, que la Justicia misma reconoce que perdieron su función. Quienes no votan aparecen inscriptos en el Registro de Infractores, pero el uso de la información para multar corresponde al Poder Ejecutivo de cada distrito, sea municipal, provincial o nacional.
Gran apatía
Cuando en la Argentina la participación electoral suele ser alta (en promedio, en las primarias más de un 76% del padrón concurre a votar y en las generales el número supera el 80%), este año, de las 16 provincias que ya eligieron gobernador, en siete la media no alcanzó el 70%:
- en las PASO de Santa Fe y en los comicios municipales de Córdoba apenas fue a votar el 60%;
- en Chaco, afectado por la desaparición de Cecilia Strzyzowski, el porcentaje fue 63%;
- en Mendoza un 66% del electorado emitió su sufragio y es el distrito con mayor caída en la comparación con 2019, cuando votó el 79,1% de la población.
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