A pesar de que un juez de primera instancia anuló la aplicación del 'Protocolo Antipiquetes' del Gobierno, la normativa continuará en vigencia hasta que por lo menos el tribunal de apelaciones resuelva sobre el asunto.
FESTEJÓ BULLRICH
A pesar de la nulidad, el 'Protocolo Antipiquetes' sigue vigente
Lo confirmó la ministra de Seguridad al informar que la apelación contra el fallo de 1ra instancia fue concedida con su suspensión.
Así lo confirmó este martes, la ministra de Seguridad, Alejandra Monteoliva, quien confirmó que la apelación fue concedida con efecto suspensivo de la ejecución de la sentencia.
El lunes el juez federal en lo Contencioso Administrativo Martín Cormick dictó la nulidad del protocolo al considerar que el Ejecutivo se excedió en sus facultades y avanzó sobre potestades del Congreso al ponerlo en marcha. El mismo pretende impedir que se corten calles durante manifestaciones tipificando las interrupciones como delitos flagrantes.
Ante esa decisión, Seguridad interpuso la apelación, que fue concedida con efecto suspensivo. "La Justicia nos dio la razón: concedió el recurso que presentamos y suspendió los efectos de la sentencia que declaraba la nulidad del Protocolo", dijo Monteoliva en un tuit.
"El Protocolo sigue vigente y puede aplicarse", subrayó.
"Lo dijimos ayer y lo reafirmamos hoy: no vamos a dar un paso atrás. El orden recuperado se sostiene con decisión y reglas clara", agregó.
Su antecesora y jefa política, la senadora Patricia Bullrich, también celebró la decisión. "Buena noticia: la Justicia concedió el recurso de apelación y el Protocolo Antipiquete NO se suspende. El Protocolo se seguirá aplicando, aún esté pendiente resolver la cuestión. El orden no se negocia", dijo también en redes, Bullrich, quien puso en marcha el protocolo el año pasado.
En un mensaje anterior, Monteoliva adjudicó el "avance" sobre el protocolo a "la vieja política que no quiere paz ni orden en la Argentina" y aseguró que la normativa "tiene fundamentos técnicos, jurídicos y operativos".
En su fallo, el juez Cormick que la Resolución 943/23, que implementó el Protocolo, "conforma un exceso en la competencia otorgada al PEN por nuestro ordenamiento jurídico en cuanto bajo la apariencia de "instruir" al personal dependiente de dicho Ministerio está legislando y ello conforma violación al derecho aplicable por cuanto el PEN se inmiscuye en facultades propias del Poder Legislativo".
El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que promovió la acción colectiva sobre la que falló el juez, explicó que la sentencia "pone límites a lo que el Ministerio de Seguridad puede hacer: no puede restringir derechos constitucionales".
"El juez sostuvo que con el pretexto de ordenar el tránsito y darle “instrucciones a la policía”, la resolución se excede tanto que llega a modificar las leyes penales y orgánicas de la policía porque también modifica leyes procesales", agrega la organización de Derechos Humanos.
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