CÓRDOBA. En un fallo judicial con pocos precedentes, la aerolínea Copa Airlines fue condenada al pago de $1,2 millones de pesos por daños a cinco pasajeros de Río Cuarto, Córdoba, que nunca pudieron viajar en 2017. El caso, que fue presentado meses después de la disputa entre los clientes y la aerolínea de Panamá, resultó favorable para los pasajeros que en su momento habían comprado tickets para llegar a Saint Martin, la isla francesa en el Caribe.
El itinerario por entonces contratado por los pasajeros afectados incluía la partida desde Santiago de Chile hacia la isla paradisíaca, previo paso por Panamá. Sin embargo, el viaje nunca pudo ser llevado a cabo fruto del coincidente paso del huracán Irma, que pasó por esa zona el 30 de agosto de ese año generando un desastre natural.
Ante la cancelación del viaje, los pasajeros buscaron respuestas de la aerolínea. Sin embargo, la compensación no llegó nunca, ni en pasajes nuevos ni en dinero.
Esto motivó la acción judicial de los clientes que nunca llegaron a su destino. Y hace pocos días, el conflicto llegó a una resolución gracias al fallo de la Justicia Federal de Río Cuarto.
Allí, la aerolínea panameña fue condenada al pago de $1,2 millones de pesos y a la emisión de cinco pasajes al destino que había sido contratado inicialmente. En el ámbito de la aviación comercial, el fallo sentó un precedente importante: se pudo litigar fuera de Capital Federal.
Según precisaron los demandantes, el viaje original estaba pactado para enero del 2018, momento en el que el desastre natural causado por el huracán ya había sido subsanado. Sin embargo, el viaje nunca se realizó.
“La aerolínea había vuelto a volar esa ruta. Sin embargo, antes de la fecha del viaje, cuando la familia se comunicó con la empresa para consultar la situación, se les informó que sus vuelos habían sido cancelados. En ese marco, Copa les empezó a dar alternativas irrisorias e imposibles, como salir de un momento a otro con destino a Miami (Estados Unidos), para lo que tenían que conseguir una visa de turista en 24 horas. También les pidieron el pago de una multa. Ante la falta de acuerdo, la familia recurrió a Defensa del Consumidor y, en esa instancia, la empresa les ofreció, un año después, devolverles el dinero abonado a valores históricos, algo que no fue aceptado. Por eso, se decidió avanzar con la instancia judicial”, explicó la defensa de los demandantes a El Puntal.
Desde Río Cuarto señalan que la sanción es ejemplificadora contra la aerolínea. “Ante el Juzgado Federal pedimos que les den los cinco pasajes a la misma isla y en el mismo tiempo que ellos contrataron (enero). Además, solicitamos una compensación por daño moral y daño punitivo. La Justicia hizo lugar a todo lo que requerimos, algo que no es habitual, sobre todo con respecto a los dos últimos puntos. Lo que se ha hecho con el daño punitivo es dar una sanción ejemplificadora para que la empresa no vuelva a hacer lo mismo, teniendo en cuenta que son varias las personas afectadas por este tipo de cambios”, sostuvieron los abogados.
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