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DECLARACIÓN DE ASAP

Presupuesto 2025 por Decreto: "Es un retroceso" dicen los especialistas

ASAP, que reúne a los fiscalistas top, consideró que un Presupuesto 2025 por Decreto que prorrogue el de 2024 que fue una prórroga de 2023 es un "retroceso" institucional.

Urgente24 lo había señalado temprano el lunes 30/12: es origen de inseguridad jurídica y de inestabilidad en la gestión del Estado tener un Presupuesto 2025 por Decreto que es una prórroga del anterior que ya estaba prorrogando el anterior. Al respecto, es muy importante el comunicado de quienes conocen más del tema: ASAP (Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública), que preside el contador público y profesor Gonzalo Lecuona.

Aquí el texto de la Comisión Directiva de ASAP, que reclama la inmediata sanción de una Ley de la Nación, reclamando responsabilidad y competencia de las partes:

"El 1º de enero de 2025 la Administración Pública Nacional inicia un nuevo ejercicio presupuestario que, al igual que lo sucedido en 2024, no cuenta con una Ley de Presupuesto aprobada por el Congreso Nacional.

Con el objetivo de que no se produzca una paralización del funcionamiento del Estado Nacional, la Ley Nº 24.156, mediante la cual se define el marco general y los aspectos procedimentales más relevantes del Sistema de Administración Financiera del Sector Público Nacional, en su artículo 27 establece que ante la ausencia de una Ley de Presupuesto regirá la que estuvo vigente en el año anterior, facultando al Poder Ejecutivo a realizar los ajustes indispensables para garantizar la continuidad y eficiencia de los servicios provistos por el Estado y para cumplir con los servicios de deuda y con los compromisos internacionales.

En este marco, en el día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial el Decreto Nº 1131/2024, por el cual se formaliza la prórroga de la Ley de Presupuesto del ejercicio 2023, junto a las normas modificatorias y complementarias, que permitieron su aplicación durante el ejercicio 2024.

Si bien desde la sanción de la Ley Nº 24.156, en septiembre de 1992, en otras cinco oportunidades se inició un ejercicio presupuestario sin que hubiera una Ley de Presupuesto aprobada, la situación que se presenta en 2025 constituye una novedad, ya que es la primera vez que en dos años consecutivos no se cuenta con Ley de Presupuesto.

Embed - Lo que dejó la presentación del Presupuesto 2025

Pedido de Presupuesto 2025 por Ley

Esta circunstancia constituye un retroceso en la institucionalidad del Sector Público Nacional y refleja la imposibilidad de alcanzar los acuerdos mínimos necesarios que permitan contar con la norma más importante para la gestión anual de gobierno.

Sin embargo, este retroceso no se limita a una cuestión de formas, ya que también tiene implicancias en diversos órdenes, dado que el Presupuesto, aparte de ser la expresión financiera anual de las políticas públicas, y como tal incluye los autorizaciones máximas de gasto y el cálculo de los recursos para atenderlos, también contempla los niveles prestacionales en términos físicos, define la meta de resultado financiero, autoriza la emisión de nueva deuda pública, incluye el plan de obras en infraestructura, contempla disposiciones que afectan a distintos actores económicos del sector privado, establece los recursos financieros que recibirán las provincias, los municipios y las empresas públicas en concepto de transferencias, contiene pautas de evolución de los salarios públicos y de las jubilaciones y pensiones, incorpora definiciones de la política de empleo público y contempla aspectos funcionales del Estado Nacional, entre otras cuestiones. Sin embargo, este retroceso no se limita a una cuestión de formas, ya que también tiene implicancias en diversos órdenes, dado que el Presupuesto, aparte de ser la expresión financiera anual de las políticas públicas, y como tal incluye los autorizaciones máximas de gasto y el cálculo de los recursos para atenderlos, también contempla los niveles prestacionales en términos físicos, define la meta de resultado financiero, autoriza la emisión de nueva deuda pública, incluye el plan de obras en infraestructura, contempla disposiciones que afectan a distintos actores económicos del sector privado, establece los recursos financieros que recibirán las provincias, los municipios y las empresas públicas en concepto de transferencias, contiene pautas de evolución de los salarios públicos y de las jubilaciones y pensiones, incorpora definiciones de la política de empleo público y contempla aspectos funcionales del Estado Nacional, entre otras cuestiones.

Por lo tanto, en nuestro carácter de institución de referencia en materia de presupuesto y de administración financiera pública, con casi 50 años de trayectoria, esta Asociación invoca a los actores institucionales competentes a alcanzar los acuerdos necesarios para que en el menor plazo posible se pueda aprobar la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional del ejercicio 2025, en línea con lo establecido en el numeral 8º del artículo 75 de la Constitución Nacional, y se pone a disposición para colaborar en todo lo que resulte pertinente a los fines de fortalecer el desarrollo institucional de nuestro país.

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